BOLETÍN OFICIAL Nº 95 ANEXO – 18/08/17
RESOLUCION N°237-DPGDFH/2017.-
EXPTE. N° 0721-392/2017; 721-393/17-721-395/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21JUL.2017.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de TRES (3) Categoría 13 (c-4) de ENFERMERIA PROFESIONAL -Agrupamiento Técnico para el HOSPITAL “DR. GUILLERMO C. PATERSON” de la Localidad de San Pedro, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1 obran solicitudes de las autoridades del nosocomio y el visto Bueno del Director Provincial de Hospitales;
Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;
Que, a los fines de la cobertura de los cargos vacantes de Técnicos y Auxiliares que rigen las disposiciones establecidas por Resoluciones Nº 000618-S-2016 y 00870-S-2016;
Por ello;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO
ARTÍCULO 1º.-Llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES y OPOSICION –CLASE CERRADO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618-S-2016, para la cobertura del siguiente cargo: AREA PROGRAMATICA Nº VII HOSPITAL “GUILLERMO C. PATERSON” SAN PEDRO DE JUJUY TRES (3) CARGOS DE ENFERMEROS/AS PROFESIONALES CATEGORIA 13 (C-4) AGRUPAMIENTO TECNICO PARA CUMPLIR FUNCIONES EN EL HOSPITAL.- |
RESUELVE:
ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.-Fotocopia del Título de ENFERMERA/O PROFESIONAL expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora (Autenticado por Escribano Publico o Institución Formadora).-
2.-Fotocopia del Título Analítico, si correspondiera (Autenticado por Escribano Publico o Institución Formadora).-
3.-Fotocopia de la Constancia de Matricula emitida por el Área de Matriculación y Registro de este Ministerio de Salud (Actualizada –Año 2017).-
4.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso).-
5.-Planilla Prontuarial, original o fotocopia (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-
6.-Certificado de Residencia-original, expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-
7.-Constancia de CUIL.-
8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo, expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).-
9.-Certificado de Trabajo (Anexo V) confeccionado por el sector de Personal del Hospital “Dr. GUILLERMO C. PATERSON”.-
10.-Valoración Conceptual de Desempeño Individual de cada antecedente laboral firmada por el Jefe del Área donde realizo el reemplazo y avalada por la Jefa de Enfermería del Hospital. Dicha Evaluación será exigible a partir de Junio de 2016 en adelante.-
11.-Curriculum Vitae Nominal, actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por esta Dirección Provincial.-
ARTICULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:
-APERTURA DE INSCRIPCION: 31 de Julio de 2017
-CIERRE DE INSCRIPCION: 14 de Agosto de 2017
-A partir del 15 al 16 de Agosto de 2017: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación
de la nómina.-
-A partir del 18 de Agosto de 2017: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; evaluación técnica, entrevista, confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.-
–El Tribunal Evaluador determinará la fecha de la Evaluación Técnica y Entrevista.-
ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberán ser presentados en el HOSPITAL “Dr. GUILLERMO C. PATERSON”.-
, en el HORARIO DE 8.30 a 13.00.-
ARTICULO 5°.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-
ARTICULO 6°.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 1° de la presente Resolución.-
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado.-
Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-
ARTICULO 7°.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-
ARTICULO 8°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-
ARTICULO 9°.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-
Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-
ARTÍCULO 10º.- No podrán participar del presente concurso: 1.-Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-
ARTÍCULO 11º.-El Tribunal está constituido de la siguiente forma: 1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: LIC. CELIA BENENCIA SUPLENTE: LIC. YOLANDA ARMELLA 2.- EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “Dr. GUILLERMO C. PATERSON” TITULAR: LIC. GENARA CRISTINA SAJAMA SUPLENTE: LIC. CLARA MARTIAN GASPAR.-3.-EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE ENFERMERIA: TITULAR: LIC. SUSANA SUELDO SUPLENTE: LIC. FLAVIA SAIQUITA.-
ARTÍCULO 12°.-La representación de los veedores de ATSA, UPCN y ATE se consignará a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del Gremio donde autoriza a participar del mencionado concurso.-
ARTÍCULO 13º.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:
1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 6 de la presente Resolución.-
2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-
3.- Evaluación Técnica.-
4.- Entrevista Personal.-
5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.-
Todo ello, de conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 000618-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-
ARTÍCULO 14º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones: * En el AREA PROGRAMATICA Nº VII –HOSPITAL “Dr. GUILLERMO C. PATERSON” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.-* Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.* Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.-
ARTÍCULO 15º.-Los postulantes se darán por notificados de todo el proceso de la convocatoria, con la simple publicación de las Actas en el lugar designado por la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y en el Hospital “DR. GUILLERMO C. PATERSON”.-
ARTÍCULO 16º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación y Políticas Sanitarias, Soporte del Sistema de Salud, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS, Hospital “Dr. GUILLERMO C. PATERSON”, DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE ENFERMERIA, a los Gremios de ATSA, ATE, UPCN. Cumplido, archívese.-
Dra. Elena Meyer
Directora Provincial de Factor y
Desarrollo del Factor Humano