BOLETÍN OFICIAL Nº 95 ANEXO – 18/08/17

RESOLUCION N°201-DPGDFH/2017.-

EXPTE. N°0781-139/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL. 2017.- 

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo LICENCIADA/O EN PSICOLOGIA del  Nomenclador de la Ley N° 4413 para el Hospital “Dn. Pablo Soria”, mediante llamado a Concurso Extraordinario de Antecedentes y Oposición; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra solicitud formal del Señor Secretario de Salud Mental y el visto bueno del Señor Director Provincial de Hospitales a fojas 7;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SIPRAP  del llamado a concurso para cubrir un cargo categoría A-1 Agrupamiento Profesional Ley 4413.-

Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley N° 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución N°869-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-CONVOCAR a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION – CLASE ABIERTO de acuerdo a las disposiciones aprobadas mediante Resolución N°869-S-2016; para la cobertura del siguiente cargo: HOSPITAL “Dn. PABLO SORIA” SAN SALVADOR DE JUJUY UN (1) CARGO DE PSICOLOGO/A o LICENCIADO/A EN PSICOLOGIA CON CINCO AÑOS DE ESTUDIO CATEGORIA A-1 AGRUPAMIENTO PROFESIONAL – LEY N° 4413.-

ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.-Fotocopia certificada por Escribano Publico o Institución formadora del Título Habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.-

2.-Fotocopia certificada por Escribano Publico o Institución formadora del Certificado Analítico.-

3.-Fotocopia de la Constancia de Matricula Actualizada 2017 emitida por el COLEGIO DE PSICOLOGOS DE JUJUY.-

4.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso).-

5.-Planilla Prontuarial, fotocopia (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-

6.-Certificado de Residencia-original, expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis  (6) meses desde la fecha de emisión).-

7.-Constancia de CUIL.-

8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo, expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).-

9.-Curriculum Vitae Nominal, actualizado, acompañado de fotocopias de los antecedentes laborales debidamente certificadas por el personal autorizado de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano.-

10.- ACREDITAR, un (1) año como mínimo de experiencia en Hospitales Públicos.- 

ARTICULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

-APERTURA DE INSCRIPCION: 10 de JULIO de 2017

-CIERRE DE INSCRIPCION: 24  de JULIO de 2017

-A partir del 25 al 26 de JULIO de 2017: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación

de la nómina.-

-A PARTIR DEL 27 de JULIO de 2017: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: Reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes.-

-El Jurado  Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que se informara a los interesados por Acta que será publicada a través de la cartelera de esta Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y de la página web del Ministerio de Salud de Jujuy-“Llamados a concurso”.-

Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.-

ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberá ser presentados en el AREA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO en el HORARIO DE 8.30 A 13.00 y en las fechas previstas.-

ARTÍCULO 5º.-La inscripción de los postulantes deberán será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrá carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTÍCULO 6º.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 2° de la presente Resolución.-

Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevaran a no considerar el antecedente declarado.-

Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTÍCULO 7º.-El postulante solo deberá declara y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTÍCULO 8º.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-

ARTICULO 9°.-La inscripción importa la  obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-

Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-

ARTICULO 10°.-Los inscriptos se darán por notificados d todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-

ARTICULO 11°.-No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes  que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-

ARTICULO 12°.-EL TRIBUNAL estará constituido por: 1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Lic. JUAN COBO SUPLENTE: Lic. SILVINA KINGARD 2.-EN REPRESENTACION DEL HOSPITAL “Dn. PABLO SORIA”: TITULAR Lic. MONICA NOEMI MEDINA SUPLENTE: Lic. ANA MARIA BOLOGNA 3.-EN REPRESENTACION DEL COLEGIO DE PSICOLOGOS DE JUJUY: TITULAR: LIC. ANA MARIA GRELLET. SUPLENTE: Lic. SUSANA PIHUELA.-

ARTÍCULO 13°.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.-

2.- Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursa.-

3.- Evaluación Técnica.-

4.- Entrevista Personal.-

5.- El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.-

De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución N° 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTÍCULO 14º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar sus funciones en: * En el HOSPITAL “Dn. PABLO SORIA” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.- * Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa * Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos * De docencia y capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-

ARTICULO 15º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL, y copia de la Resolución a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Secretaria de Salud Mental y Adicciones, a las Direcciones Provinciales de Hospitales, APS., HOSPITAL “Dn. PABLO SORIA”, Colegio de Psicólogos de Jujuy y APUAP. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Factor y

Desarrollo del Factor Humano