BOLETÍN OFICIAL Nº 101 ANEXO – 09/09/16

RESOLUCION Nº 202-DPGDFH/16

EXPTE. Nº 0780-116/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,    .-

VISTO

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo de Licenciada/o en Trabajo Social del Nomenclador de la Ley No 4413 para el Hospital “Ntra. Sra. del Rosario” de la Localidad de Abra Pampa, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra solicitud formal de la Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano ante el Secretario de Soporte del Sistema de Salud y por su intermedio al Sr. Ministro, para que autorice la asignación de un cargo categoría A-1 (1-1) Ley 4413 para el Hospital “Rosario”.

Que, a fs. 02 obra visto bueno del Sr. Ministro.

Que, a fs. 5 la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SIPRAP del llamado a concurso para cubrir un cargo categoría A-1(i-1) Agrupamiento Profesional Ley 4413 para el Hospital “Ntra. Sra. del Rosario”.

Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley No 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución No 869-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTBS y OPOSICWN -“CLASE ABIERTO para cubrir un (1) cargo de Licenciada/o en Trabajo Social ó Servicio Social en el HOSPITAL “NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO” de la Localidad de Abra Pampa Departamento Cochinoca de la Provincia de Jujuy, categoría A-1 6 B-1 (i-1) MAYOR HORARIO del Nomenclador de la Ley No 4413 según corresponda al plan de estudios, y de acuerdo a las disposiciones aprobadas mediante Resolución No 869-S-2016.‑

ARTICUL0 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.-Fotocopia certificada por Escribano Público del Título Habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.

2.-Fotocopia certificada por Escribano Público del Certificado Analítico

3.-Fotocopia certificada de la Constancia de Matricula Actualizada emitida por el Colegio de Profesionales de Servicio Social de Jujuy.

4.-Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso)

5.-Planilla Prontuarial original o fotocopia certificada actualizada (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-

6.-Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)

7.-Constancia de CUIL.

8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida pór la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).

9.-Constancia actualizada del Colegio de Profesionales de Servicio Social de no estar inhabilitado o no haber sido sancionado por el Tribunal de ética.

10.-Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y’ actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.

11.-Acreditar residencia en la Zona Sanitaria Quebrada (Dpto. Tumbaya, Tilcara y Humahuaca) ó Zona Sanitaria Puna (Dpto. Susques, Rinconada, Cochinoca, Santa Catalina y Yavi) de la Provincia de Jujuy.

ARTICULO 3º: Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma: APERTURA DE INSCRIPCION: 07 de septiembre de2016-CIERRE DE INSCRIPCION:21 de septiembre de 2016

-A partir del 28 de septiembre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.

29  de septiembre de 2016: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes. El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que será informada a los interesados en el momento de la inscripción. Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.

ARTÍCULO 40.-Los antecedentes deberán ser presentados en el HOSPITAL “NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO”, en el HORARIO DE 8.30 a 13.00 y en las fechas previstas.

ARTICULO 5°.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.‑

ARTICULO 6°.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 50 del Anexo I de la Resolución N0 869-S/16. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado. Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTICULO 7º.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.‑

 ARTICULO 8°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.‑

ARTICULO 9º.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento. Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva. –

ARTÍCULO 10º.-Los inscriptos le darán por no dé todo él procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias del Hospital “Ntra. Sra. del Rosario” y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”

ARTICUL0_11º.-No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.

ARTÍCULO 12°.-El Tribunal designado estará constituido por 1.-EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE SERVICIO SOCIAL: TITULAR: Lic. EVELIA GLADIS FERNANDEZ SUPLENTE: Lic. EVANGELINA GUERRERO

2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “Ntra. Sra. del Rosario”: TITULAR: Lic. GABRIELA SOLEDAD ZULETA; SUPLENTE: Dr. MARCELO NICOLÁS MIÑAU

3.-EN REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO DE TRABAJADORES SOCIALES: TITULAR: Lic. NORA GENOVEVA ZALAZAR SUPLENTE: Lic. VIVIANA INES ONTIVEROS

ARTÍCUL0_13º.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.

2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.‑

3.-Evaluación Técnica.‑

4.-Entrevista Personal.‑

5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico. De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición”

(Resolución No 869-5-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.‑

ARTÍCULO 14º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:

*En el HOSPITAL “NTRA. SRA. DEL ROSARIO” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.

*Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.

*Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.

*De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-

ARTÍCULO 15º.-Comuníquese,  regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a la Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial de Hospitales, al Hospital “Ntra. Sra. del Rosario”, al Colegio de Profesionales de Servicio Social y APUAP. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano

Ministerio de Salud de  Jujuy