BOLETÍN OFICIAL Nº 106 ANEXO – 21/09/16
DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL
FACTOR HUMANO
RESOLUCIÓN Nº 0220-DPGyDFH/16.-
EXPTE. Nº 780-139/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 SET. 2016.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo de Licenciada/o en Kinesiología y Fisioterapia del Nomenclador de la Ley No 4413 para el Hospital “Maimará” de la Localidad de Maimará, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN’ y
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1 obra solicitud formal de la Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano ante” el Secretario de Soporte del Sistema de Salud y por su intermedio al Sr. Ministro, para que autorice la asignación de un cargo categoría A-1 Ley 4413 para el Hospital “Maimará”.
Que, a fs. 02 obra visto bueno del Sr. Ministro.
Que, a fs. 4 la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SIPRAP del llamado a concurso para cubrir un cargo categoría A-1 Agrupamiento Profesional Ley 4413 para el hospital “Maimará”.
Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley No 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución Nº 869-S-2016;
Por ello;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTES y OPOSICION – CLASE ABIERTO para cubrir un (1) cargo de Licenciada/o en Kinesiología y Fisioterapia ó Kinesiólogo Fisiatra o Fisioterapeuta o Kinesiólogo o Títulos afines en el Hospital “MAIMARÁ” de la Localidad de Maimará Departamento “Tilcara” de la Provincia de Jujuy, categoría (A-1) ó (B-1) del Nomenclador de la Ley No 4413 según corresponda al plan de estudios, y de acuerdo a las disposiciones aprobadas mediante Resolución Nº 869-S-2016.
ARTICULO 2º.- Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.-Fotocopia certificada por Escribano Público del Título Habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.
2.-Fotocopia certificada por Escribano Público del Certificado Analítico
3.-Fotocopia certificada de la Constancia de Matricula Actualizada emitida por el Colegio de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Jujuy.
- Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso)
- Planilla Prontuarial original o fotocopia certificada actualizada (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)
- Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)
- Constancia de CUIL.
- Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).
- Constancia actualizada del Colegio de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Jujuy de no estar inhabilitado o no haber sido sancionado por el Tribunal de ética.
10.Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.
- Acreditar residencia en la Zona Sanitaria Quebrada (Dpto. Tumbaya, Tilcara y Humahuaca) de la Provincia de Jujuy.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:
-APERTURA DE INSCRIPCIÓN: 07 de septiembre de 2016; CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 21 de septiembre de 2016
-22 al 23 de septiembre de 2016: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos,
-A partir del 30 de septiembre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.
03 de octubre de 2016: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes.
El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que será informada a los interesados en el momento de la inscripción. Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.
ARTÍCULO 4º.- Los antecedentes deberán ser presentados en el Hospital “MAIMARÁ” en el HORARIO DE 8:30 a 13.00 y en las fechas previstas.
ARTICULO 5°.- La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud -que sé compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-
ARTICULO 6°.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda– la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 50 del Anexo I de la Resolución Nº 869-S/16:
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevaran a no considerar el antecedente declarado.-
Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.
ARTICULO 7º.- El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto ge trabajo o función para el que se postule.‑
ARTICULO 8º.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.‑
ARTICULO 9º.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.‑
Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente corno válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.
ARTÍCULO 10º.-Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias del Hospital “MAIMARÁ” y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”
ARTÍCULO 11º.-No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.
ARTÍCULO 12º.- El Tribunal designado estará constituido por: 1.-EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Lic. ALICIA ALBA; SUPLENTE: Lic. CAROLINA RUSCONI
2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “MAIMARA”: TITULAR: Dr. MARCELO VILLA; SUPLENTE: Dra. SILVIA FERNANDEZ
3.- EN REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO DE KINESIOLOGOS:
TITULAR: Lic. CAROLINA CARUSO; SUPLENTE: Lic. LUIS ANTONIO ARMONIA
ARTÍCULO 13º.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:
1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.
2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.‑
3.-Evaluación Técnica.‑
4.-Entrevista Personal.‑
5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.‑
De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución No 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.‑
ARTÍCULO 14º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:*En el Hospital “MAIMARA” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo;*Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.*Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.:*De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.
ARTÍCULO 15º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a la Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial de Hospitales, al Hospital “Maimará”, al Colegio de Kinesiólogos y Fisioterapeutas y APUAP. Cumplido, archívese.-
Dra. Elena Meyer
Directora Provincial de Gestión
y Desarrollo del Factor Humano