BOLETÍN OFICIAL Nº 126 ANEXO – 09/11/16
RESOLUCION Nº 0331-DPGDFH/2016.-
EXPTES. Nº 0780-246/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 OCT. 2016.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo de Enfermero/a Universitario/a del nomenclador de la Ley Nº 4413 para el Hospital “Maimará” mediante llamado a Concurso de Antecedentes y Oposición; y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 1 obra nota de la Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano ante el Secretario Soporte del Sistema de Salud y por su intermedio al Sr. Ministro, para que autorice la asignación de un (1) cargo categoría C-1 (i-1) Ley 4413 para el Hospital “Ntra. Sra. Del Rosario”.-
Que, a fs. 4 la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SPRAP del llamado a concurso para cubrir un (1) cargo categoría c-(i-1) Agrupamiento Profesional Ley 4413 para el Hospital “Ntra. Sra. Del Rosario.-
Que, a los fines de la cobertura de los cargos de la Ley Nº 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución Nº 869-S/2016.-
Por ello;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-Convocar a Concurso Ordinario de Antecedentes y Oposición-Clase Abierto para cubrir dos (2) cargo de Enfermero/o Universitario/a para el AREA PROGRAMATICA Nº XX-HOSPITAL “nuestra sra. Del rosario de la Localidad de Abra Pampa-Departamento “Cochinoca” de la Provincia de Jujuy, categoría C-1 (i1) ADICIONAL MAYOR HONORARIO del Nomenclador de la Ley Nº 4413 y de acuerdo da las disposiciones aprobadas mediante Resolución Nº 869-S-2016.-
ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.-Fotocopia certificada por Escribano Público del Título Habilitado expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.-
2.-Fotocopia certificada por Escribano Publico del Certificado Analítico.-
3.-Fotocopia certificada de la Constancia de Matricula Actualizada emitida por el Área de Registro y Matriculación de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy.-
4.-Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso)
5.-Planilla Prontuarial, original o fotocopia. (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).
6.-Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).
7.-Constancia de CUIL.
8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).
9.-Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.-
10.-Acreditar residencia en la Zona Sanitaria Puna (Dpto. Santa Catalina, Yavi, Rinconada, Susques y cochinota) de la Provincia de Jujuy.-
ARTÍCULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma: APERTURA DE INSCRIPCION: 07 de Noviembre de 2016; CIERRE DE INSCRIPCION: 21 de Noviembre de 2016.-
22 al 23 de Noviembre de 2016: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos, a partir de horas 14,00. Igual periodo para la impugnación de la nómina.
A partir del 24 de Noviembre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; evaluación técnica, entrevista, confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.-
25 de noviembre de 2016: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes. El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que será informada a los interesados en el momento de la inscripción. Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.-
ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberán ser presentados en el nuestra sra. Del rosario, en el HORARIO DE 8.30 a 13.00 y en las fechas previstas.-
ARTICULO 5º.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-
ARTICULO 6º.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 618-S/16. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado. Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-
ARTICULO 7º.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-
ARTICULO 8º.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-
ARTICULO 9º.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento. Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-
ARTÍCULO 10º.-Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias del Hospital Maimará y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-
ARTÍCULO 11º.-No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-
ARTÍCULO 12º.-El Tribunal está constituido de la siguiente forma: 1.-EN REPRESENTACIÓN DE DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Lic. ANA LIA GALLEGOS; SUPLENTE: Lic. CELINA CASTELLON
2.-EN REPRESENTACIÓN DEL nuestra sra. Del rosario”: TITULAR: Lic. Jorge Raúl Patagua Ramos SUPLENTE: Dr. MARCELO NICOLAS MIÑAU
3.-EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE ENFERMERIA: TITULAR: Lic. EVA SUSANA SUELDO; SUPLENTE: Lic. BASILICA BEJARANO
ARTÍCULO 13º.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:
1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.-
2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-
3.- Evaluación Técnica.-
4.- Entrevista Personal.-
5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico. De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-
ARTÍCULO 14º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones: *En el Hospital nuestra sra. Del rosario o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.-
*Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.
*Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.
*De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-
ARTÍCULO 15º.-En el supuesto que algún postulante estuviere asociado a obra asociación gremial distinta a APUAP, deberá informar a esta Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano, a fin de requerir su participación en carácter de veedor.-
ARTÍCULO 16º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial del Nuestra Sra. Del Rosario, al Departamento Provincial de Enfermería y APUAP. Cumplido, archívese.-
Dra. Elena Meyer
Directora Provincial de Gestión
y Desarrollo del Factor Humano