BOLETÍN OFICIAL Nº 126 ANEXO – 09/11/16

RESOLUCION Nº 0330-DPGDFH/2016.-

EXPTES. Nº 0780-247/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 OCT. 2016.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo de Enfermero/a Universitario/a del nomenclador de la Ley Nº 4413 para el Hospital “Maimará” mediante llamado a Concurso de Antecedentes y Oposición; y

CONSIDERANDO:                                                     

Que, a fs. 1 obra nota de la Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano ante el Secretario Soporte del Sistema de Salud y por su intermedio al Sr. Ministro, para que autorice la asignación de un (1) cargo categoría C-1 (i-1) Ley 4413 para el Hospital Maimará.-

Que, a fs. 4 la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SPRAP del llamado a concurso para cubrir un (1) cargo categoría c-(i-1) Agrupamiento Profesional Ley 4413 para el Hospital “Maimará”.-

Que, a los fines de la cobertura de los cargos de la Ley Nº 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución Nº  869-S/2016.-

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Convocar a Concurso Ordinario de Antecedentes y Oposición-Clase Abierto para cubrir un (1) cargo de Enfermero/o Universitario/A para el AREA PROGRAMATICA Nº XVI-HOSPITAL “MAIMARÁ” y PUESTOS DE SALUD de  la Localidad de Maimará Departamento “TILCARA” de la Provincia de Jujuy, categoría  C-1 (i1) ADICIONAL MAYOR HONORARIO del Nomenclador de la Ley Nº 4413 y de acuerdo da las disposiciones aprobadas mediante Resolución Nº 869-S-2016.-

ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Fotocopia certificada por Escribano Público del Título Habilitado expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.-
  2. Fotocopia certificada por Escribano Publico del Certificado Analítico.-
  3. Fotocopia certificada de la Constancia de Matricula Actualizada emitida por el Área de Registro y Matriculación de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy.-
  4. Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso)
  5. Planilla Prontuarial, original o fotocopia. (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).
  6. Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).
  7. Constancia de CUIL.
  8. Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).
  9. Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.-

10.-Acreditar residencia en el Departamento Tilcara de la Provincia de Jujuy.-

ARTÍCULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma: APERTURA DE INSCRIPCION:                07 de Noviembre de 2016; CIERRE DE INSCRIPCION: 21 de Noviembre de 2016.-

22 al 23 de Noviembre de 2016: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos, a partir de horas 14,00. Igual periodo para la impugnación de la nómina.

A partir del 24 de Noviembre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; evaluación técnica,  entrevista, confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.-

25 de noviembre de 2016: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes. El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que será informada a los interesados en el momento de la inscripción. Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.-

ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberán ser presentados en el HOSPITAL “Maimará”, en el HORARIO DE 8.30 a 13.00 y en las fechas previstas.-

ARTICULO 5º.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal  o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTICULO 6º.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 618-S/16. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado. Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTICULO 7º.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos  para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTICULO 8º.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-

ARTICULO 9º.-La inscripción importa la  obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento. Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-

ARTÍCULO 10º.-Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias del Hospital Maimará y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-

ARTÍCULO 11º.-No podrán participar del presente  concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-

ARTÍCULO 12º.-El Tribunal está constituido  de la siguiente forma: 1.-EN REPRESENTACIÓN DE DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Lic. ANA LIA GALLEGOS; SUPLENTE: Lic. CELINA CASTELLON

2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “MAIMARA”: TITULAR: Lic. Edith vacaflor                     SUPLENTE: Lic. ELVIRA GRISELDA VARGAS

3.-EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE ENFERMERIA: TITULAR: Lic. EVA SUSANA SUELDO; SUPLENTE: Lic.  BASILICA BEJARANO

ARTÍCULO 13º.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.-

2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-

3.- Evaluación Técnica.-

4.- Entrevista Personal.-

5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico. De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTÍCULO 14º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones: *En el Hospital MAIMARA o en los lugares  a designar por las autoridades del mismo.-

*Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.

*Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.

*De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-

ARTÍCULO 15º.-En el supuesto que algún postulante estuviere asociado a obra asociación gremial distinta a APUAP, deberá informar a esta Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano, a fin de requerir su participación en carácter de veedor.-

ARTÍCULO 16º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y  copia de la Resolución a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial del Hospital de Maimará, al Departamento Provincial de Enfermería y APUAP. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano