BOLETÍN OFICIAL Nº 123 Anexo – 02/11/16

RESOLUCION Nº 0307-DPGDFH/2016.-

EXPTE. N° 0780-210/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 OCT.  2016.-

VISTO:                                                                                                                                                                    

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargos Categoría 10 (c-4) de TÉCNICO SUPERIOR EN AGENTE SANITARIO Y PROMOTOR DE LA SALUD – Agrupamiento Técnico para el HOSPITAL “DR. GUILLERMO C. PATERSON” de la Localidad de San Pedro de Jujuy, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra solicitud formal de la Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y el Visto Bueno del Señor Ministro de Salud;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad del cargo a cubrir a fojas 3 y 4;

Que, a los fines de la cobertura de los cargos de Técnicos y Auxiliares que rigen las disposiciones establecidas por Resolución Nº 000618-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convocar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION – CLASE CERRADO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618-S-2016, para la cobertura de los siguientes cargos: AREA PROGRAMATICA N° VII HOSPITAL “ DR. GUILLERMO C. PATERSON” SAN PEDRO DE JUJUY: UN CARGO DE AGENTE SANITARIO Y PROMOTOR DE LA SALUD, CATEGORIA 10 (c-4); AGRUPAMIENTO TÉCNICO.

ARTICULO 2º.- Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.-Fotocopia del Titulo de Técnico Superior en Agente Sanitario y Promotor de la Salud expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora. (Autenticado por Escribano Publico).

  1. Fotocopia de Titulo Analítico. (Autenticado por Escribano Publico.)

3.-Fotocopia de la Constancia de Matricula o Registro Habilitante emitida por el Ministerio de Salud.

4.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso).

5.-Planilla Prontuarial original o fotocopia. (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).

6.- Certificado de Residencia expedido por la Policía de Jujuy (Validez de seis (6) meses desde la fecha de emisión).

7.- Constancia de CUIL.

8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).

9.-Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.

10.- Certificado de Trabajo (Anexo V) del Hospital “DR. GUILLERMO C. PATERSON”.

  1. Evaluación Conceptual de Desempeño Individual (Cada Certificado de Servicios deberán ir acompañado por la Evaluación conceptual).

ARTÍCULO .- Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

APERTURA DE INSCRIPCIÓN: 21 de octubre de 2016 CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 04 de Noviembre de 2016.-

-04 de Noviembre al 07 de Noviembre: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos, a partir de horas 14,00. Igual periodo para la impugnación de la nómina.

-A partir del 08 de Noviembre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; evaluación técnica, entrevista, confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.

-El Jurado Evaluador determinara la fecha de la Evaluación Técnica.

ARTÍCULO 4º.- Los antecedentes deberán ser presentados en el HOSPITAL “DR. GUILLERMO PATERSON, en el HORARIO DE 8.30 a 13.00

ARTÍCULO .-La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán el carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTÍCULO 6º.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetado el orden de los requisitos establecidos en el artículo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 618-S/16.

Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevaran a no considerar el antecedente declarado.

Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

ARTÍCULO 7°.- El postulante solo deberá declarar y certificar lo antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTÍCULO 8°.- La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-

ARTÍCULO 9º.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el tramite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-

Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como valida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectué mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Pagina WEB respectiva.-

ARTÍCULO 10º.- No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes que tengan designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-

ARTÍCULO 11°.- El Tribunal esta constituido de la siguiente forma: 1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Lic. ALCIRA CORDOBA; SUPLENTE: Dra. ALEJANDRA TOLAY; 2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “DR. GUILLERMO C. PATERSON” TITULAR: SR. MARIO GARECA; SUPLENTE: SR. MARCELO ANSELMO LAMAS.-

3.-EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE APS Y ACCIÓN COMUNITARIA: TITULAR: Lic. HERMINIA RITA VELAZQUEZ; SUPLENTE: EDPSA. RAQUEL TERRADEZ.-

ARTÍCULO 12°.- La representación de los veedores de ATSA, UPCN Y ATE se consignara a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del Gremio donde autoriza a participar del mencionado concurso.-

ARTÍCULO 13º.- Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.- Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 6 de la presente Resolución.

2.- Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.-

3.- Evaluación Técnica.-

4.- Entrevista Personal.-

5.- El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.-

Todo ello, de conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 000618-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTÍCULO 14°.- El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones: *En el AREA PROGRAMATICA Nº VII – HOSPITAL “DR. GUILLERMO C. PATERSON” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.  * Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa. * Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.

ARTÍCULO 15º.- Los postulantes se darán por notificados de todo el proceso de la convocatoria con la simple publicación de las Actas en el lugar designado por la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y en Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”.

ARTICULO 16º.-Comuníquese, publíquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL, y copia de la Resolución a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación y Políticas Sanitarias, Soporte del Sistema de Salud, a las Direcciones de Hospitales y APS, Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”, a los Gremios de ATSA, ATE y UPCN. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano