BOLETÍN OFICIAL Nº 110 ANEXO – 30/09/16

RESOLUCION Nº 244-DPGy.DFH/16.-
EXPTE. Nº 741-247/2016.-

SAN SALVÁDOR DE JUJUY, 14 SET. 2016.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo de Licenciada/o en Producción de Bio-Imágenes del Nomenclador de. la Ley NO 4413 para el Hospital “Gdor. Ing. Carlos Snopek” de la Provincia de Jujuy, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra solicitud formal de la Directora del Hospital Snopek ante el Director  Provincial de Hospitales, solicitándole el llamado a Concurso  para cubrir un cargo vacante de agrupamiento profesional de la LEY 4413 de esa Unidad de Organización.-

Que, a fs. 12 la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SIPRAP del llamado a concurso para cubrir un cargo categoría B-1 Agrupamiento Profesional

Ley  4413 para Licenciado en Bio-Imágenes en el Hospital “Gob. Ing. Carlos Snopek”.-

Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley Nº 4413 rigen las disposiciones aprobadas  por la Resolución Nº 869-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL OÉ GESTION y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTES y OPOSICION-CLASE ABIERTO, para cubrir, un (1) cargo de Licenciada/o en Producción de, Bió-imágenes en el HOSPITAL “GDOR. ING. CARLOS SNOPEK” de la localidad de la Esperanza del Departamento “San Pedro” de la Provincia de Jujuy, categoría B-1 ADICIONAL DEDICACION EXCLUSIVA Ley. No 4413 y de acuerdo- a las disposiciones aprobadas mediante Resolución Nº 869-S/2016.-

ARTICULO 2º-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.-Fotocopia certificada por Escribano Público del Título Habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.

2.-Fotocopia certificada por Escribano Público del Certificado Analítico

3.-Fotocopia certificada de la Constancia de Matricula Actualizada emitida por la Asociación Licenciados y Técnicos Radiólogos de la Provincia de Jujuy.

4.-Fotocopia Certificada del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso)

5.-Planilla Prontuarial original o Fotocopia certificada actualizada (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)

6.-Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)

7.-Constancia de CUIL.

8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida. por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta seis (6) meses desde la fecha de expedición).

9.-Constancia actualizada de la Asociación Licenciados y Técnicos Radiólogos de no estar inhabilitado o no haber sido sancionado por el Tribunal de ética.

10.-Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por autoridad competente.

11.-Acreditar residencia en la Zona. Sanitaria Centro (Dpto. Dr. Manuel Belgrano y Palpalá) de la Provincia de Jujuy.

ARTÍCULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma: APERTURA DE INSCRIPCION: 19 de Septiembre de 2016; CIERRE DE INSCRIPCION: 03de octubre de 2016

-04 al 05 de octubre de 2016: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos.

-A partir del 06 de octubre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluido.

11 de octubre dé 2016: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes. El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que será informada a los interesados en el momento de la inscripción. Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.

ARTÍCULO 4º.-Los antecedente deberán ser presentados en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano del Ministerio de Salud, sito en calle Independencia esq. Avda Italia 1er piso, en el HORARIO de 8.00 a 13.00 y en las fechas previstas.-

ARTICULO 5º-La inscripción de los Postulantes será .de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y. cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.‑

ARTICULO 6°.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 5º del Anexo I de la Resolución Nº 869-S/16. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original  llevarán a no considerar el antecedente declarado. Una vez entregada la Ficha de Inscripción, e1 interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTICULO 7°.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTICULO 8°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el  que se  inscribe.-

ARTICULO 9°.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una  vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento. Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por: parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe rnediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-

ARTÍCULO 10º.-Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursa’ con la sola publicación de las actas en dependencias del Hospital “Gdor Ing. Carlos Snopek” y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-

ARTICULO 11º.-No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.

ARTÍCULO 12º.- El Tribunal designado estará constituido por 1.-EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Bioing. LUIS FABRICIO PESCHIUTTA; SUPLENTE: Bioing. DIEGO ORELLANA

2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “SNOPEK”: TITULAR: Dr. GONZALO JAVIER NICOLAS SUPLENTE: Dra. ELSA MARTINEZ

3.-EN REPRESENTACIÓN DE ALYTer: TITULAR: Lic. FABIANA RIVERA; SUPLENTE: Lic. FERNANDO RUBEN CORTEZ

ARTÍCULO 13°.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.

2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.‑

3.-Evaluación Técnica.‑

4.-Entrevista Personal.‑

5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.‑

De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución N0 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.‑

ARTÍCULO 14º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:*En el Hospital “Gdor. Ing. Carlos Snopek” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo. *Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa. *Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.*De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.

ARTÍCULO 15º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a la Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial de Hospitales, al Hospital “Gdor. Ing. Carlos Snopek”, a la ALYTer y APUAP. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión  y Desarrollo del Factor Humano