BOLETÍN OFICIAL Nº 110 ANEXO – 30/09/16

RESOLUCION Nº 268-DPGDFH/16.-

EXPTE Nº 719-0314/2013.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  21 SET. 2016.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN  (1) cargo Categoría A-(j-2), Agrupamiento Profesional-Leyes Nº 4135 y 4418/1988 para el HOSPITAL “DR. ARTURO ZABALA” de la Localidad de Perico, mediante llamado a Concurso Extraordinario de Antecedentes y Oposición; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra solicitud formal de las autoridades del  nosocomio y el visto bueno del Secretario de Coordinación de Atención  de la Salud

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad de los cargos a cubrir a fojas  14 y 15;

Que, a los fines de la cobertura de los mencionados cargos, resulta procedente el llamado a concurso de Antecedentes  y Oposición de conformidad a lo establecido por  la Ley Nº 4135/1984, su modificatoria Nº 4418/1988 y su Decreto Reglamentario Nº 4918/1986;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-CONVOCAR a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135/84, modificada por la Ley Nº 4418  y su decreto Reglamentario, para la cobertura del siguiente cargo: AREA PROGRAMATICA Nº VI “Dr. Arturo zabala” SAN PEDRO DE JUJUY; CANTIDAD DE CARGOS: UN (1); ESPECIALIDAD: CLINICO; CATEGORIA: A-(J-2) MEDICO DE GUARDIA; AGRUPAMIENTO: PROFESIONAL-LEYES 4135-4418.-

ARTICULO 2º.-El concurso que alude el artículo anterior, será de clase EXTRAORDINARIO O ABIERTO, y podrán participar en el mismo los postulantes que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Solicitud de Inscripción.
  2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso).
  3. Planilla Prontuarial fotocopia, emitida por la Policía de la Provincia de Jujuy y con validez de un (1) año desde la fecha de emisión.
  4. Constancia de C.U.I.L.
  5. Certificado de Residencia original emitido por la Policía de Jujuy y con validez de SEIS (6) meses desde la fecha de su emisión.
  6. Constancia emitida por el Departamento de Sumarios y Dictámenes de la Dirección Provincial de Personal, original

9-ACREDITAR: en sus antecedentes profesionales una de la siguiente condiciones: a) Ser Médico Especialista en Clínica Medica, certificado por autoridad competente (Universidad, consejo Medico Provincial, Sociedad  Científica), o b) Ser Médico con Residencia Completa en Clínica Médica, o c) Estar  cursando el último año de la Residencia de Clínica Médica.

10.-Cursos de capacitación.

11.-Curriculum Vitae con la documentación personal y de capacitación acreditantes. Toda la documentación requerida deberá estar ordenada teniendo en cuenta la nómina de los requisitos que se detallan en la solicitud de inscripción. En caso de copias deberán estar certificadas por Escribano Publico o por personal autorizado de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano. La certificación de cursos deberá contar con las firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y Organismos oficiales o, en su caso, con la correspondiente personería jurídica de  la Institución para ser consideradas al momento de otorgar el puntaje de las mismas. Solo se puntuarán las capacitaciones que sean pertinentes al cargo que se concursa. LOS CURSOS CON FIRMA DIGITAL, NO SERAN CERTIFICADOS POR ESTA DIRECCIÓN PROVINCIAL, EL POSTULANTE DEBERÁ AGREGAR AL CURRICULUM LOS ORIGINALES EN FOLIOS ADJUNTOS A UN LISTADO.-

ARTÍCULO 3º.-No podrán participar del presente concurso: 1.-Los profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio. 2.-El que estuviere incurso en algunas de las disposiciones contenidas en el artículo 8º de  la Ley Nº 4135/84.-

ARTÍCULO 4º.-Excepcionalmente el Examen Psicofísico se exigirá con posterioridad a los postulantes que resultaren primeros en el Orden de Mérito Definitivo, el que estará supeditado a la aprobación conforme su aptitud para el desempeño de la tareas inherentes a la función que desempeñara el/los agentes. El referido Examen deberá ser expedido y/o visado por el Centro Sanitario “Dr. Carlos Alvarado” del Ministerio de Salud de la Provincia. El formulario será entregado en la Área Concurso de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y tendrá diez  (10) días hábiles para presentarlo, cumplido este plazo sin su presentación se dispondrá el ofrecimiento del cargo al postulante que siguiere en el orden de mérito.-

ARTÍCULO 5º.-La inscripción de los postulantes será personal o por tercero autorizado con poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán el carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTÍCULO 6º.-La inscripción en la presente convocatoria implica que el aspirante conoce y acepta las condiciones establecidas en la normativa vigente y en la presente Resolución.-

ARTÍCULO 7º.-Las instancias evaluativas del concurso serán de antecedentes y de oposición si se dan los supuestos que disponen la ley Nº 4135/1984, su modificatoria Nº 4418/1988 y su Decreto Reglamentario Nº 4918/1986.-

ARTÍCULO 8º.-EL TRIBUNAL estará constituido por: 1.-EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD: TITULAR: DRA. ANA MARIA CARABAJAL DE ALCOBA; SUPLENTE: DRA RITA TOLAY

2.-EN REPRESENTACION DEL HOSPITAL “DR. ARTURO ZABALA”: TITULAR: DR. ROLANDO ORDOÑEZ; SUPLENTE: DRA. FABIANA QUISPE

3.-EN REPRESENTACION DEL CONSEJO DE MEDICOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY: TITULAR:    DR DANIEL JORGE OSAN; SUPLENTE: DR. LUIS MARCELINO GARCIA

4.-EN REPRESENTACION DEL COLEGIO MEDICO DE JUJUY: TITULAR: DRA. GLADYS MARIA SALVATIERRA; SUPLENTE: DRA. MARIA CRISTINA FERREIRA

5.-EN REPRESENTACION DEL SOCIEDAD DE MEDICINA  INTERNA DE JUJUY: TITULAR: DR. MARCELO BELLONE; SUPLENTE DR. RAMIRO MERCADO

ARTÍCULO 9º.-La participación del veedor de APUAP se consignara a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del Gremio que  facultara a participar del mencionado concurso.-

ARTÍCULO 10º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma: APERTURA DE INSCRIPCION: 21 DE SETIEMBRE DE 2016; CIERRE DE INSCRIPCION: 21 DE OCTUBRE DE 2016

21 de Octubre al 24 de Octubre de 2016: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación de la nómina.

A partir del 25 de Octubre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.-

26 de Octubre de 2016: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes. En el supuesto que el Jurado decidiera pasar a la instancia de oposición, fijará fecha para la misma y, posteriormente emitirá el Orden de Mérito Definitivo.-

a)-Cada hoja será foliada y ensobrada para que posteriormente se proceda a cerrar el sobre, firmando ambos en la solapa del mismo (postulante y agente de oficina receptora).

b)-Se deberá entregar al postulante una “constancia” que acredite la inscripción y el número de fojas correlativas presentadas.

c)-El sobre cerrado será guardado en la Dirección hasta el momento de la apertura de los mismos por el jurado designado.

b)-Al cierre de la inscripción, la Dirección labrará un acta dando cuanta de la nómina de postulantes inscriptos, la fecha y hora de recepción de la documentación, la cantidad de fojas que se adjuntan en cada carpeta, si existen reclamos o peticiones ingresadas con motivo del concurso.

e)-También al cierre de la inscripción, la Dirección comenzará a exhibir la nómina de postulantes.

ARTÍCULO 12º.-El/la que sea declarado ganador/a deberá desempeñar sus funciones en: *En el AREA PROGRAMATICA Nº VI-Hospital “Dr. Arturo Zabala” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.*Inherentes a su capacitación profesional y al cargo que concursó.*Asignadas por el Jefe Superior inmediato y en horarios reglamentarios que fueran necesarios para el mejor funcionamiento y necesidad del servicio.*De docencia y de capacitación interna y externa necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-

ARTÍCULO 13º.-Los postulantes se darán por notificados de todas las actuaciones del concurso con la sola publicación de las actas en la Dirección Provincial de Gestión y Factor Humano.-

ARTICULO 14º.-Los profesionales que acrediten, al momento de la presentación de antecedentes, mediante certificado de Residencia y Convivencia expedido por la Policía de la Provincia, domicilio en la Localidad para la cual se pretende la cobertura del cargo, obtendrá un 10 % extra del  puntaje obtenido en la evaluación de antecedentes, el que se sumaran al  puntaje que obtenga dicho participante.-

ARTICULO 15º.-Comuníquese, publíquese, regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación al BOLETIN OFICIAL, a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Dirección Provincial de Hospitales, Dirección Provincial de APS y Acción Comunitaria, al Hospital “DR. ARTURO ZABALA”, al Consejo de Médicos de la Provincia de Jujuy, Colegio de Médicos de Jujuy, Dirección Provincial de Maternidad e Infancia, Asociación Jujeña de Obstetras y Ginecólogos y APUAP. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano