BOLETÍN OFICIAL Nº 116 ANEXO – 17/10/16

RESOLUCION Nº 278-DPGyDFH/16.-

EXPTE Nº 780-475/15, 714-2576/15, 780-242/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  28 SET. 2016.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de cinco  (5) cargos de Licenciada/o en Enfermería del Nomenclador de la Ley Nº 4413 para el Hospital “Pablo Soria” de la Localidad de San Salvador de Jujuy, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTE Y OPOSICION; y

CONSIDERANDO:

Que, en el Expte. Nº 780-475/15 quedaron desiertos tres (3) cargos de la categoría A-1 (i-1)  de la Ley Nº 4413 en el Hospital “Pablo Soria”.-

Que, en el Expte. Nº 714-2576/15 surge un  cargo vacante A-1 (i-1) por renuncia de la Sra. Silvina Daniela Tolaba en el hospital de referencia.-

Que, en el Expte. Nº 780-242/16 obra solicitud formal de la Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano ante el Secretario de Soporte del Sistema de Salud y por su intermedio al Sr. Ministro, para que autorice  la asignación de un cargo categoría A-1 (i-1) Ley 4413 para el Hospital “Pablo Soria”.-

Que, en todos los trámites la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que procedió a realizar la carga preventiva en el SIPRAP del llamado a concurso para cubrir cinco (5) cargos categoría A-1 (i-1) Agrupamiento Profesional Ley 4413 para el Hospital “Pablo Soria”.-

Que, a los fines de evitar  un desgaste administrativo inútil se acumulan todos los expedientes para hacer una sola convocatoria.-

Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley Nº 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución Nº 869-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION-CLASE ABIERTO para cubrir cinco cargos de Licenciadas/os en Enfermería en el Hospital “Pablo Soria” de la Localidad de San Salvador de Jujuy Departamento  “Dr. Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, categoría A- 1 (i-1) ó B-1 (i-1) ADICIONAL MAYOR HORARIO del Nomenclador de la Ley Nº 4413 según corresponda al plan de estudios, y de acuerdo a las disposiciones aprobadas mediante Resolución Nº 869-S-2016.-

ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

Fotocopia certificada por Escribano Publico del título profesional, habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.-

Fotocopia certificada por Escribano Público del  Certificado Analítico.-

Fotocopia certificada de la Constancia de Matrícula Actualizada emitida por el Área de Registro y Matriculación de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy.-

Fotocopia certificada del  Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso).

Planilla Prontuarial original o fotocopia certificada actualizada (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión.

Certificado de Residencia expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)

Constancia de C.U.I.L.

Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión)

9.-Curriculum Vitae Nominal, firmado en todas sus fojas y actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certicadas por autoridad competente.-

10-Acreditar residencia en el Departamento “DR. MANUEL BELGRANO” de la Provincia de Jujuy.-

ARTÍCULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma: APERTURA DE INSCRIPCION: 11 de octubre de 2016; CIERRE DE INSCRIPCION: 25 de octubre de 2016

26 al 27 de Octubre de 2016: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos.

A partir del 02 de Noviembre de 2016: A horas 8,30 en dependencias de

Desarrollo del Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.-

03 de noviembre de 2016: Publicación del Acta con Orden de Mérito por Antecedentes. El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que será informada a los interesados en el momento de la inscripción. Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de

ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberán ser presentados en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano, sito en calle Independencia esq. Avda. Italia de San Salvador de Jujuy, en el HORARIO de 8 a 13.00 y en las fechas previstas.-

ARTÍCULO 5º.-La inscripción de los postulantes será personal o por tercero autorizado con poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán el carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.-

ARTÍCULO 6º.Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida restando el orden de los requisitos establecido en el artículo 5º del Anexo I de la Resolución Nº 869-S/16. Los interesados  deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia d e lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado. Una vez entregada la ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTÍCULO 7º.-El postulante solo deberán declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.-

ARTÍCULO 8º.-La inscripción  comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y  requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.-

ARTÍCULO 9º.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento. Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitantes especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-

ARTÍCULO 10º.-Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias del Hospital “Pablo Soria” y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-

ARTÍCULO 11º.-No podrán participar del presente concurso: Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio.-

ARTÍCULO 12º-El Tribunal designado estará constituido por: 1.-EN REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: LIC. ANA LIA GALLEGOS; SUPLENTE: Lic. MARGARITA GALIAN.-

2.-EN REPRESENTACION DEL HOSPITAL “PABLO SORIA”: TITULAR: Lic. PATRICIA ALEJANDRA IRUSTA; SUPLENTE: Lic. EUSTACIO CIRILO CRUZ

3.-EN REPRESENTACION DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE ENFERMERÍA: TITULAR: Lic. ADA LUZ ABAN; SUPLENTE: Lic. BASILICA BEJARANO

ARTÍCULO 13º.-Establezca que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la presente Resolución.-

2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinente específicamente al cargo y función a concursar.-

3.- Evaluación Técnica.-

4.-Entrevista Personal.-

5.-El ingreso definitivo al cargo quedará supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico. De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición”( resolución Nº 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancia de selección.-

ARTICULO 14º.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:

*En el Hospital “Pablo Soria” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.-

*Tener disponibilidad horario para ser planificada durante las 24 hs y en turnos rotativos.-

*Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.-

*Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios  reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.-

*De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-

ARTICULO 15º.-En el supuesto que algún postulante estuviere asociado a otra asociación gremial distinta a APUAP, deberá informar a esta Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano, a fin de requerir su participación en carácter  de veedor.-

ARTICULO 16º.-Comuníquese, publíquese, regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL, copia de la Resolución a la Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del  Sistema de Salud, Dirección Provincial de Hospitales, al Hospital “Pablo Soria”, al Departamento Provincial de Enfermería y APUAP. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano