BOLETÍN OFICIAL Nº 18 Anexo – 11/02/22

RESOLUCION Nº 2429-MPA/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 ENE. 2022.-

VISTO:

El Expediente MPA-AG-141-2021; y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 01 luce Formulario de Pedido Interno suscripto por la Administradora General solicitando la adquisición de un (1) video colposcopio digital D3, requerido oportunamente por el departamento Médico Forense, dependiente del Organismo de Investigación. A fs. 02/04 se adjunta correo electrónico con folleto técnico.

Que, a fs. 37 obra decreto de la Administradora General mediante el cual requiere que se solicite presupuesto actualizado para continuar con el procedimiento para la adquisición de lo solicitado a fojas 01.

Que, a fs. 38 el departamento de Contrataciones y Compras informa que se solicitó actualización de presupuesto oportunamente remitido a la firma “SINEBI” de Galván Guillermo Andrés mediante correo electrónico que consta a fs. 40/42.

Que, a fs. 44/45 se agrega correo electrónico con cotización actualizada adjunta remitido por la firma “SINEBI” de Galván Guillermo Andrés CUIT N° 20-27833518-7, por la suma total de $ 248.700,00 (Pesos Doscientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos con 00/100).

Que, a fs. 49, el Director del Organismo de Investigación remite informe de cumplimiento técnico de oferta presentada elaborado por la Dra. Gilda Vallejos, manifestando que, “(…) en relación al tipo y modelo de instrumental solicitado (video colposcopio CPS D3 Digital) el mismo cuenta con visión directa de alta calidad de imagen y cámara de alta resolución permitiendo al profesional ajustar manualmente la imagen de acuerdo a sus necesidades, como así también, acoplar el sistema óptico a la PC permitiendo de esta manera visualizar la imagen en el monitor de PC e imprimir la misma según requerimiento, por lo cual dicho colposcopio posee todas las características técnicas que lo consideran un instrumental apto a tal fin. Se trata de un instrumental de alta tecnología el cual cumple una función primordial y esencial en los exámenes médicos legales llevados a cabo en dicha institución”.

Que, a fs. 50/53 se adjunta nuevamente correo electrónico con presupuesto actualizado remitido por la firma “SINEBI” de Galván Guillermo Andrés.

Que, a fs. 54 obra informe del departamento de Contrataciones y Compras, en el cual sugiere adjudicar la contratación directa a la firma “SINEBI” de Galván Guillermo Andrés, CUIT N° 20-27833518-7, por la suma total de $ 248.700,00 (Pesos Doscientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos con 00/100) por resultar su precio razonable y por ajustarse la cotización a las especificaciones requeridas.

Que, a fs. 55 el departamento Contable agrega informe, donde se rectifica la imputación preventiva de la partida 7.1.1.0 “Bienes de Capital” por $ 248.700,00 (Pesos Doscientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos con 00/100); monto que encuadra dentro de los topes establecidos por Decreto Acuerdo Nº 2934-HF-2021 para la contratación directa. Informa nuevamente sobre la existencia de crédito presupuestario suficiente, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.

Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17° inc. d) de la Ley Provincial Nº 5.895; EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- ADJUDICAR la contratación directa a la firma “SINEBI” de Galván Guillermo Andrés, CUIT N° 20-27833518-7, por la adquisición de un (01) video colposcopio CPS D3 digital (salida digital para conexión USB a PC CPS-D), por la suma total de $ 248.700,00 (Pesos Doscientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos con 00/100).

ARTÍCULO 2°.- ORDENAR la emisión de la correspondiente Orden de Compra y libramiento de Pago a favor de la firma “SINEBI” de Galván Guillermo Andrés, CUIT N° 20-27833518-7 por el importe consignado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero será imputada a la partida presupuestaria 7.1.1.0 “Bienes de Capital”, del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 4°.- Ordenar a la Administración General que publique íntegramente la presente en el Boletín Oficial de la Provincia.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

 

Lello Sanchez Sergio Enrique

Fiscal General De La Acusación