BOLETÍN OFICIAL Nº 11 ANEXO – 26/01/22

RESOLUCION Nº 289-E/2021.-

EXPTE Nº 1059-1161-21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2021.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Encomiéndase a la Secretaría de Infraestructura Educativa PROMACE, de acuerdo con la normativa que resulta de aplicación y conforme lo señalado en los considerandos del presente, la realización de los actos que resulten necesarios para redeterminar el precio de los contratos que se ejecutan en el ámbito de su competencia.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la Metodología de Redeterminación de Precios de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública dentro del marco del PROMACE que como ANEXO I forma parte del presente.

ARTÍCULO 3°.- La Comisión de Evaluación, Coordinación y Seguimiento de los Procesos de Redeterminación de Precios creada por Resolución N° 1328-ISPTyV.-2021, actuará en la Unidad Coordinadora del PROMACE y ejercerá las siguientes funciones:

  1. Coordinar y unificar los criterios de trabajo en el ámbito de la Secretaría de Infraestructura Educativa PROMACE en los Procesos de Redeterminación de Precios llevados a cabo en el marco de los regímenes generales y particulares en los que esté prevista su intervención.
  2. Emitir informes técnicos en todos los Procesos de Redeterminación de Precios, los que quedarán agregados al expediente correspondiente.
  3. Asistir a la Secretaría de Infraestructura Educativa PROMACE en todas las materias vinculadas a Procesos de Redeterminación de Precios en el marco de la normativa aplicable.
  4. Emitir los informes periódicos, respecto del estado de avance de los Procesos de Redeterminación de Precios de Obras en trámite.
  5. Emitir informe técnico en las licitaciones a realizarse en el ámbito de la jurisdicción de la Secretaría de Infraestructura Educativa PROMACE, a fin de verificar la exigencia en los pliegos de la documentación a presentar por los oferentes con relación al Régimen de Redeterminación de Precios que corresponda

ARTÍCULO 4°.- La Comisión ‘creada por Resolución N° 1328-ISPTyV.-2021 estará conformada por tres (3) miembros y será, asistida por personal técnico de la Unidad Coordinadora del PROMACE que resulte necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones y sus decisiones se adoptarán por unanimidad de los miembros.

ARTÍCULO 5°.- Delegase la aprobación o rechazo de las adecuaciones provisorias de precios y sus correspondientes redeterminaciones de precios definitivas enmarcadas en el presente régimen, así como la firma del acta de redeterminación de precios a la Unidad Coordinadora del PROMACE.-

ARTÍCULO 6°.- Previa Toma de razón de Fiscalía de Estado, publíquese en el Boletín Oficial, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Ministerio de Educación, Unidad Coordinadora del Programa PROMACE, Secretaría de Infraestructura Educativa PROMACE y archívese.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación