BOLETÍN OFICIAL Nº 7 ANEXO – 17/01/22

RESOLUCION Nº 287-E/2021.-

EXPTE Nº 1082-512/21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2021.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- DISPÓNESE la baja de la Lic. María Guadalupe Bravo Almonacid, D.N.I. N° 31.817.112, como administradora y firmante de la Cuenta Corriente N° 48800408/84 del Banco Nación Argentina, Sucursal San Salvador de Jujuy, a partir del 22 de Octubre de 2021, en virtud de los motivos expresados en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- DISPÓNESE la baja del C.P.N. Enrique Gabriel Abud, D.N.I. N° 11.207.910 como firmante de la Cuenta Corriente N° 48800408/84 del Banco Nación Argentina, Sucursal San Salvador de Jujuy, a partir del 22 de octubre de 2021, en virtud de los motivos expresados en el exordio.-

ARTÍCULO 3°.DÉJÁSE establecido que a partir del 22 de octubre de 2021, la administración de la Cuenta Corriente N° 48800408/84 del Banco Nación Argentina, Sucursal San Salvador de Jujuy, y la firma de la documentación pertinente estará a cargo de la Directora de Educación Superior, Lic. Delia Alicia Zamora D.N.I. N° 16.591.661, en forma conjunta con el responsable Contable de la Dirección de Educación Superior, C.P.N. Fernando Rubén Martínez, D.N.I. N° 22.533.066, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 4°.- AUTORÍZASE, que á partir del 22 de octubre de 2021, en caso de ausencia de alguno de los firmantes enunciados en el Artículo 3°, el Abogado. Franco Emilio Wierna D.N.I. N° 38.164.063, procederá a la firma de la documentación pertinente correspondiente a la Cuenta Corriente N° 48800408/84 del Banco Nación Argentina, Sucursal San Salvador de Jujuy, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 5°.- AUTORÍZASE a partir del 22 de octubre de 2021 a la Directora de Educación Superior, Lic. Delia Alicia Zamora a suscribir los contratos de obra a celebrarse en el marco de la implementación del Plan Nacional de Formación Docente, aprobado por Resolución CFE N° 286/16, del Plan Operativo Anual Integral, conforme con los términos de referencia remitidos por el Instituto Nacional de Formación Docente.-

ARTÍCULO 6°.- DÉJASE establecido que los gastos que demande la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 5° del presente acto resolutivo, serán financiados con recursos provenientes del Ministerio de Educación de la Nación.-

ARTÍCULO 7°.- POR Jefatura de Despacho, procédase a notificar los términos de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 8°.- PREVIA toma de razón de Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dese al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección Provincial de Administración. Cumplido vuelva al Ministerio de Educación para su archivo.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación