BOLETÍN OFICIAL Nº 2 ANEXO – 05/01/22
EXPTE Nº 660-471/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 SEP. 2021.-
EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase establecido que la UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL UEP, funcionará en el ámbito de la Dirección Provincial de Desarrollo Ganadero, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, en el marco de lo dispuesto por el art. 22° del Decreto N° 1031/02, reglamentario de la Ley N° 25.422, adherida la Provincia mediante Ley N° 5304/02.-
ARTÍCULO 2°.- La UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL UEP, ejercerá su competencia dentro del territorio de la Provincia de Jujuy, con los deberes y funciones que surgen del convenio N° 112/13, suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Jujuy.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese -en forma sintética- en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Dirección Provincial de Desarrollo Ganadero, Secretaría de Desarrollo Productivo, Secretaría de Economía Popular, Dirección de Agricultura Familiar. Cumplido, ARCHÍVESE.‑
Dr. Exequiel Lello Ivacevich
Ministro de Desarrollo Económico y Producción