BOLETÍN OFICIAL Nº 132 ANEXO – 19/11/21

RESOLUCION Nº 2400-MPA/2021.-

EXPTE Nº .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 NOV. 2021.-

VISTO:

El expediente MPA Nº 163/2020 caratulado: “Concurso de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Auditor General de Gestión del MPA – Año 2020”; y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el art. 26 de la Ley Provincial 5895, el Ministerio Público de la Acusación tendrá un Auditor General de Gestión quien será el encargado de de velar por el correcto funcionamiento de todos los órganos fiscales, a fin de asegurar la eficacia y la eficiencia en el cumplimiento de la actividad del ministerio fiscal, poseyendo además autonomía funcional para organizar los controles y verificaciones, fijar criterios y emitir conclusiones.

En tal sentido, el mismo será designado por el Poder Ejecutivo Provincial con acuerdo de la Legislatura de la Provincia, debiendo resultar previamente seleccionado por un sistema de terna vinculante obtenida mediante concurso público de oposición y antecedentes que garantice la transparencia, publicidad, excelencia y celeridad.

Asimismo para el desempeño del cargo se requiere ser argentino, poseer título de abogado con validez nacional y tener por lo menos treinta años de edad y ocho como mínimo en el ejercicio de la profesión o de funciones judiciales.

Por su parte, tal como lo establece el artículo mencionado, el Poder Ejecutivo Provincial mediante decreto Nº 895-G-2020 aprueba el reglamento del Concurso Público de Oposición y Antecedentes para la Selección del Auditor General de Gestión, disponiendo además que el Ministerio Público de la Acusación queda facultado para dictar instructivos, aplicaciones operativas, y articular procesos para el cumplimiento e implementación de lo dispuesto en el reglamento.

Por ello, encontrándose en la actualidad vacante el cargo de Auditor General de Gestión del Ministerio Público de la Acusación, resulta oportuno considerar su designación mediante la realización de un procedimiento de selección de un profesional idóneo para el desempeño de tales funciones.

En tal sentido corresponde declarar la vacancia y efectuar la convocatoria para cubrir el cargo de Auditor General de Gestión.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 , 15, 17, 26, 65, ss. y cc. de la Ley Provincial Nº 5895;

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- DECLARACIÓN DE VACANCIA. Declarar la vacancia de un (1) cargo de Auditor General de Gestión del Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 2º.- CONVOCATORIA. Llamar a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para cubrir el cargo de Auditor General de Gestión del Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 3º.- REQUISITOS PARA CUBRIR EL CARGO. Establecer que, de conformidad a lo establecido en el artículo 26 de la Ley Nº 5895, los aspirantes a cubrir el cargo deberán:

  1. ser argentino; y
  2. poseer:

–  título de abogado con validez nacional;

–  por lo menos treinta (30) años de edad; y

–  ocho (8) de ejercicio de la profesión o de funciones judiciales;

Asimismo, los postulantes deberán:

  1. acreditar no haber sido sancionados o excluidos de la matrícula profesional o inhabilitado/a para el desempeño de cargos públicos;
  2. no tener condena penal firme por delito doloso.
  3. contar con la aprobación de todas las instancias del presente concurso.

En caso de advertir la ausencia de los requisitos excluyentes previstos, el postulante será automáticamente excluido del Concurso. Toda presentación que debe efectuar el postulante o información que deba suministrar tendrá el carácter de declaración jurada.

ARTÍCULO 4º.- TRIBUNAL DE EVALUACION. Disponer que el tribunal evaluador estará integrado, de conformidad al Decreto 895-G-2020 por:

  1. Mariano Gabriel Miranda (titular) y María Celia Jorge ( suplente), representantes del Poder Ejecutivo.
  2. Sergio. E. Lello Sánchez (titular) y Diego Ignacio Funes ( suplente), representante del Ministerio Público de la Acusación.
  3. Claudio Puccinelli (titular) y Roberto Darío Assef, Académicos invitados.

ARTÍCULO 5º.- INSCRIPCION- ADMISIÓN. El periodo de inscripción estará comprendido entre los días 23 de noviembre de 2021 al 26 de noviembre de 2021, ambos inclusive. A los efectos de la inscripción, los postulantes deberán:

  1. completar el formulario de inscripción disponible en la página web oficial del Ministerio Público de la Acusación ingresando al siguiente link: https://forms.gle/kMBewA1UecTc27TR7
  2. presentar hasta el día 26 de noviembre de 2021 en la oficina de la Escuela de Capacitación del Ministerio Público sita en la calle Gral. Justo José de Urquiza Nº 462 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en el horario de 8:30 a 12:30 horas, el legajo de antecedentes personales dispuesto en el apartado “INSCRIPCIÓN. DOCUMENTACIÓN” del Anexo I del decreto Nº 895-G-2020, cuyo anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 6º.- LISTADO DE INSCRIPTOS. FECHA DEL EXAMEN DE OPOSICIÓN. Establecer que el listado de inscriptos/as y la fecha del examen de oposición será publicado en la página web del Ministerio Público de la Acusación dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al cierre del período de inscripción fijado, debiendo los postulantes verificar dicha circunstancia en el sitio web referenciado, a los efectos de su notificación.

ARTÍCULO 7º.- EVALUACION DE ANTECEDENTES Y PRUEBA DE OPOSICION. A los efectos de la instancia de evaluación y prueba de oposición, se deberá observar lo dispuesto en el apartado “SELECCION DE POSTULANTES. EVALUACION DE ANTECEDENTES Y PRUEBA DE OPOSICION” del Anexo I del decreto Nº 895-G-2020, el cual como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 8º.- VALORACION Y ASIGNACION DE PUNTAJE. ORDEN DE MERITO. IMPUGNACIONES. DESIGNACION Y ACUERDO DE LA LEGISLATURA. Las disposiciones referentes al presente artículo, deberán ajustarse lo establecido en los Anexos I y II del decreto Nº 895-G-2020.

ARTÍCULO 9.- PUBLICACIÓN DEL LLAMADO. Disponer la publicación del llamado en:

Boletín Oficial, por un (1) día;

Diarios de amplia circulación de la Provincia, por dos (2) días; Página Web del Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 10º.- Registrar y notificar. Comunicar al Colegio de Abogados de la Provincia de Jujuy.

 

Lello Sanchez Sergio Enrique

Fiscal General De La Acusación