BOLETÍN OFICIAL Nº 129 ANEXO – 12/11/21

RESOLUCION Nº 66-E/2021.-

EXPTE Nº ÑF-1059-611-21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 NOV. 2021.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Adjudicase, en el Llamado a Licitación Pública Nacional N° 14/2021 -SIE-PROMACE- CAF: Instituto de Educación Superior N° 6 de la Localidad de Perico, Departamento El Carmen; Instituto de Educación Superior N° 3 de la Localidad de Susques, Departamento Susques y Escuela Primaria a Crear en la Localidad de Perico, Departamento El Carmen: RENGLON N° 1: INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR N° 6 – Ciudad Perico, Depto. El Carmen, a EMPRESA BELLOMO S.R.L. COMPAÑIA ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES – C.U.I.T. N° 30-50342617-6, por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES, TREINTA Y NUEVE MIL, SEISCIENTOS VEINTIUNO CON 67/100 ctvos. ($ 173.039.621,67). RENGLON N° 2: INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR N° 3 – Susques, Dpto. Susques, a la EMPRESA ING. MIGUEL ANGEL VERA – C.U.I.T. N° 20­11663048-7, por la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES, OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL, CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO con 70/100 ctvos, ($55.892.471,70). RENGLON N° 3: ESCUELA PRIMARIA A CREAR – Ciudad Perico, Dpto. El Carmen, a EMPRESA VAPEU S.R.L. – C.U.I.T. N° 30-64182999-0, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MILLONES, SETECIENTOS DIECISIETE MIL, SEISCIENTOS VEINTIUNO con 24/100 ctvos. ($ 131.717.621,24), en virtud de las consideraciones expresadas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que los fondos necesarios para afrontar la erogación que implica la adjudicación citada en el Artículo 1°, que asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CATORCE CON 61/100 ($ 360.649.714,61), se atenderán con la Partida Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Presente Ejercicio Financiero:

Jurisdicción    F                      Ministerio de Educación.

U. de O. 6                      Secretaría de Infraestructura Educativa

Finalidad                                 5                      Cultura y Educación

Función                                   5                      Cultura y Educación sin discriminar.

Partida            8-8-213-1-2-5                        Obras Varias – PROMACE – CAF

Partida            8-1-1-639-2-5                        Obras Varias – Ap. Provincia – PROMACE – CAF

ARTICULO 3°.- Con intervención de la Secretaría de Infraestructura Educativa notifíquese vía correo electrónico la parte dispositiva de la presente a los oferentes EMPRESA BELLOMO S.R.L. COMPAÑIA ARGENTINA DE CONSTRUCCIONES, EMPRESA ING. MIGUEL ANGEL VERA y EMPRESA VAPEU S.R.L., sin perjuicio de la comunicación en soporte papel.-

ARTICULO 4°.- Remítase a la Secretaría de Infraestructura Educativa a fin de la intervención pertinente de la Corporación Andina de Fomento en forma previa a la firma del contrato de obra con los adjudicatarios.

ARTICULO 5°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas de la Provincia. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación