BOLETÍN OFICIAL Nº 114 ANEXO – 04/10/21

RESOLUCION N° 018-SSOT/2021.-

EXPTE. N° 619-227/2021.-

AGREG. N° 618-604/2018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 AGO. 2021.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se llevan adelante la declaración de caducidad de los Derechos y Acciones de beneficiarios, los cuales fueran acordados en el marco del Plan Provincial de Emergencia Habitacional “Un lote para cada familia jujeña que lo necesite”, y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de la sanción de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo N° 5875, Decreto N° 71-ISPTyV-2015 y su modificatorio Decreto N° 01­-G-2019 y Decreto N° 3343-ISPTyV-2021, se creó la Dirección de Hábitat y Obras Civiles, determinando como competencia de la misma analizar y resolver las cuestiones relacionadas al Programa de Emergencia Habitacional “Un lote para cada familia jujeña que lo necesite”;

Que, en las presentes actuaciones se solicita la caducidad de las derechos y acciones de la Sra. CHAVEZ CLAUDIA SILVINA D.N.I. N° 23412148 y del Sr. NUÑEZ RODOLFO RAMON D.N.I. N° 22752687, junto a su grupo familiar como la consecuente revocación y anulación del CERTIFICADO DE POSESION N° 1239, documento emitido sobre el lote 24, Manzana 02, ubicado en el loteo denominado “LOTEO VEGA “, de la ciudad de Puesto Viejo; Departamento El Carmen, el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional “Un lote para cada familia jujeña que lo necesite”;

Que, la emisión de Certificado de Adjudicación/Acta/Oblea trae aparejado la obligación del beneficiario de realizar la posesión inmediata del lote fiscal, acción que corrobora la necesidad habitacional y también impide la usurpación del mismo en un contexto de necesidad u oportunismo;

Que, es labor de la Dirección de Hábitat y Obras Civiles, velar por el cumplimiento estricto de las normas en vigencia evitando las especulaciones protegiendo a las familias con verdadera necesidad habitacional;

Que, según lo estipulado en el Artículo 5° de la Ley N° 3169/74 “…las tierras fiscales son un bien al servicio de la persona humana, que tiene una función social y que no debe constituir un objeto de renta o especulación…”; mientras que el Artículo 20° otorga facultad al órgano de aplicación para verificar el cumplimento de los requisitos y condiciones establecidos en la ley y/o sus Decretos Reglamentarios;

Que, el Articulo 15° del Decreto N° 6038-H/79 dispone que: “… es obligación inherente al adjudicatario arraigarse junto a su grupo familiar en el lote adjudicado…”, que la violación de tal condición dará lugar ala perdida de todo derecho con las consecuencias previstas en la Ley de Tierras Fiscales;

Asimismo, en el presente trámite se encuentra vencido el plazo establecido en el actual Artículo 75° inc. 1 de la Ley N° 3169/74: “…se deberá proceder a ocupar el terreno fiscal adjudicado en un plazo de tres (3) meses, contados a partir  de la fecha de toma de posesión.

Que, mediante Resolución N° 117-VOT-2015 se le dio potestad al órgano de aplicación para declarar la caducidad de los derechos y acciones de los beneficiarios que no cumplan con la normativa reseñada en párrafos anteriores;

Que, equipos técnicos de la Coordinación de Hábitat efectuó informe de seguimiento de construcción y de arraigo sobre el lote en cuestión (fs. 3 a 9) por el cual verificaron el incumplimiento de la obligación de arraigo por parte de los beneficiarios;

Que, para dar respuesta a políticas de atención de la emergencia habitacional la Dirección de Hábitat y Obras Civiles postulo para la ocupación del inmueble eh cuestión ja la Sra. YAMPA CARINA GISELA D.N.I. N° 39987288, junto a su grupo familiar;

Que, a tos fines de un adecuado tratamiento administrativo es necesario el dictado de la presente a fin de determinar la caducidad de los derechos y acciones que le fueran otorgados al de la Sra. CHAVEZ CLAUDIA SILVINA D.N.I. N° 23412148 y al Sr. NUÑEZ RODOLFO RAMON D.N.I. N° 22752687, junto a su grupo familiar como la consecuente revocación y anulación del CERTIFICADO DE POSESION N° 1239. Asimismo, autorizar a la Dirección de Hábitat y Obras Civiles a la prosecución del trámite para la ocupación del lote 24, Manzana 02, ubicado en el loteo denominado “LOTEO VEGA”, de la ciudad de Puesto Viejo; Departamento El Carmen, por la Sra. YAMPA CARINA GISELA D.N.I. N° 39987288, junto a su grupo familiar;

Por ello;

EL SUB. SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Declárese la caducidad de los derechos y acciones de la Sra. CHAVEZ CLAUDIA SILVINA D.N.I. N° 23412148 y del Sr. NUÑEZ RODOLFO RAMON D.N.I. N° 22752687, junto a su grupo familiar, acordados por el CERTIFICADO DE POSESION N° 1239, sobre el lote 24, Manzana 02, ubicado en el loteo denominado “LOTEO VEGA “, de la ciudad de Puesto Viejo; Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional “Un lote para cada familia que lo necesite”; y por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación del CERTIFICADO DE POSESION N° 1239 sobre el lote 24, Manzana 02, ubicado en el loteo denominado “LOTEO VEGA de la ciudad de Puesto Viejo; Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el artículo anterior.-

ARTICULO 3°.- Por medio de Dirección de Hábitat y Obras Civiles procédase a la continuación del trámite administrativo a favor de la Sra. YAMPA CARINA GISELA

D.N.I. N° 39987288, junto a su grupo familiar sobre el lote 24, Manzana 02, ubicado en el loteo denominado “LOTEO VEGA”, de la ciudad de Puesto Viejo; Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 4°.- A los fines de su publicidad y conocimiento publíquese la presente por tres veces en cinco días por el diario local.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, pase a Dirección de Hábitat y Obras Civiles, a los fines de dar cumplimiento; al Artículo 2° y 3° del presente. Por Coordinación de Despacho General remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación -en forma íntegra- y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, archívese.-

 

Arq. Moisés Aníbal Jorge

Subsecretario de Ordenamiento Territorial