BOLETÍN OFICIAL Nº 111 ANEXO – 27/09/21
Exp. Nº 1400-265/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 SET. 2021.-
VISTO:
El Expediente Nº 1400-265-MS/2021; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno de la Provincia mantiene férreo lineamiento tendiente a resguardar derechos y garantías consagrados constitucionalmente, siendo decisión inflexible asegurar el desarrollo pacífico de manifestaciones o marchas públicas.
Que, resulta necesario, pertinente, instrumentar mecanismos que permitan la coexistencia entre el derecho de libre circulación, trabajo, prestación y acceso a servicios públicos, entre otros, con el derecho a manifestarse; siendo imprescindible coordinar acciones conjuntas con distintos organismos e instituciones del Estado.
Por lo expuesto, en uso de facultades propias:
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Establécese para garantizar, resguardar, respetar y organizar el desarrollo pacífico de manifestaciones o marchas públicas, que las personas humanas, jurídicas y/u organizaciones, solidariamente responsables, deberán comunicar a la Policía de la Provincia, con veinticuatro (24) horas de antelación, por medio fehaciente y recepticio, fecha, hora y recorrido de las mismas.-
ARTÍCULO 2º.- Facúltase a Policía de la Provincia a coordinar con el Sistema de Asistencia Médica de Emergencias “S.A.M.E.”, municipios, comisiones municipales, y medios de comunicación, las acciones necesarias para difusión, organización y desarrollo de las marchas y manifestaciones públicas aludidas en el Artículo 1º.-
ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la Policía de la Provincia la realización de operativos necesarios para resguardo de la seguridad pública, libre circulación, garantía de prestación de servicios públicos, y derecho de trabajo.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el Libro de Resoluciones. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Pase sucesivamente a Coordinación General, Secretaria de Seguridad Pública, Secretaria de Relaciones con la Comunidad, Secretaria de Seguridad Vial, Agencia de Delitos Complejos y a la Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad para demás efectos.-
Lic. Ernesto Guillermo Corro
Comisario General ( R)
Ministro de Seguridad