BOLETÍN OFICIAL Nº 109 ANEXO – 22/09/21

RESOLUCIÓN Nº 2362-MPA/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 SEPT. 2.021.-

VISTO:

El Expediente MPA-AG-161-2021; y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 01 consta Formulario de Pedido Interno, suscripto por el encargado de la Secretaría de Informática, solicitando la adquisición de siete (07) cámaras web, manifestando al pie de dicho formulario la justificación de la necesidad de adquisición.

Que, a fs. 02 el departamento de Contrataciones y Compras informa que controló que la solicitud contenga la justificación de la necesidad de adquisición y un valor indicativo; informa además la inexistencia en stock de los bienes solicitados.

Que, a fs. 03 el departamento Contable agrega informe de imputación presupuestaria preventiva de la partida 7.1.1.0 “Bienes de Capital” por $ 35.000,00 (Pesos Treinta y Cinco Mil con 00/100); informando además que se cuenta con crédito presupuestario en la mencionada partida para hacer frente a la erogación que demanda la inversión; y que conforme al monto estimado de la contratación, la misma encuadra como contratación directa, en atención a lo dispuesto en el Artículo 1 inc. d), del Decreto Acuerdo Nº 2934-HF-2.021.

Que, a fs. 04 el departamento de Contrataciones y Compras informa listado de proveedores a invitar; cuyos datos se encuentran en la base de datos del Sistema de Gestión Integral del MPA.

Que, a fs. 06/17 se agregan invitaciones remitidas por correo electrónico a las firmas “SIMECOM S.R.L.”; “SEYTC” de Tejerina Claudio Mauricio; “OVA INFORMÁTICA” de Bonifacio Torres Osvaldo; “INTER-HARD” de Gómez Carlos Javier; “NOVA INFORMÁTICA S.A.” y “MT COMPUTACIÓN” de Toconás Martín Miguel.

Que, a fs. 19/35 se agregan correos electrónicos con cotización y documentación presentada por las firmas “OVA INFORMÁTICA” de Bonifacio Torres Osvaldo; “INTER-HARD” de Gómez Carlos Javier; “SIMECOM S.R.L.”; “NOVA INFORMÁTICA S.A.” y “MT COMPUTACIÓN” de Toconás Martín Miguel.

Que, a fs. 37 el encargado de la Secretaría de Informática adjunta informe de cumplimiento técnico de ofertas presentadas, manifestando que “le informo en relación a las cotizaciones de 7 Cámaras Web remitidas por los proveedores que, si bien todas los dispositivos ofertados por ellos cumplen con las características técnicas solicitadas, las presupuestadas como opción 2 por OVA Informática resultan adecuadas para el uso que se pretende darles y que la relación costo-beneficio resulta la más favorable para el Ministerio”.

Que, a fs. 38 obra “Cuadro Comparativo de Precios”, en el mismo, el departamento de Contrataciones y Compras sugiere adjudicar a la firma “OVA INFORMÁTICA” de Bonifacio Torres Osvaldo CUIT N° 2033708331-6, la contratación directa del Renglón Nº 1 por la suma total de $ 20.765,50 (Pesos Veinte Mil Setecientos Sesenta y Cinco con 50/100), por ofrecer la cotización al menor precio.

Que, a fs. 39 el departamento Contable agrega informe, donde se rectifica la imputación preventiva de la partida 7.1.1.0 “Bienes de Capital” por $ 20.765,50 (Pesos Veinte Mil Setecientos Sesenta y Cinco con 50/100), informando nuevamente sobre la existencia de crédito presupuestario suficiente, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.

Que, a fs. 40 obra decreto de la Administradora General, mediante el cual autoriza la compra de los equipos informáticos solicitados que tramita los presentes obrados.

Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17° inc. d) de la Ley Provincial Nº 5.895;

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Adjudicar la contratación directa a la firma “OVA INFORMÁTICA” de Bonifacio Torres Osvaldo CUIT N° 20-33708331-6, por la adquisición de siete (07) LOG – Web Cam Kelyx LM16 1080P USB w/-KELYX por la suma total de $ 20.765,50 (Pesos Veinte Mil Setecientos Sesenta y Cinco con 50/100).-

ARTÍCULO 2°: Ordenar la emisión de la correspondiente Orden de Compra y libramiento de Pago a favor de la firma “OVA INFORMÁTICA” de Bonifacio Torres Osvaldo CUIT N° 20-33708331-6, por el importe consignado en el artículo anterior.-

ARTÍCULO 3º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero será imputada a la partida presupuestaria 7.1.1.0 “Bienes de Capital”, del presupuesto vigente.-

ARTÍCULO 4°: Ordenar a la Administración General que publique íntegramente la presente en el Boletín Oficial de la Provincia. Artículo 5°: Regístrese, notifíquese y archívese.-

 

Sergio E. Lello Sánchez

Fiscal General de la Acusación