BOLETÍN OFICIAL Nº 72 ANEXO – 23/06/21
EXPTE. Nº 1056-6836/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 ABR. 2020.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Rectificase el Artículo 1° de la Resolución N° 428-E-2020 de fecha 21 de enero de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- “Autorizase el pago de Diferencia de Haberes adeudados por recategorización, a la Sra. Ema Lidia Vera, CUIL. N° 27-12655719-7, como Ex Personal de Servicios Generales en la Escuela Profesional N° 3 de la Localidad de Libertador General San Martín, Departamento Ledesma, correspondiente al período 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2017, con imputación a la Deuda Pública del Ejercicio 2020, por las razones expuestas en el exordio.”
ARTICULO 2°.- Rectificase el Artículo 2° de la Resolución N° 428-E-2020 de fecha 21 de enero de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2°.- La erogación emergente de lo dispuesto por el Artículo 1° se atenderá, previa autorización del Ejecutivo Provincial, con imputación a la siguiente partida presupuestaria del Ejercicio 2020:”
JURISDICCION L DEUDA PUBLICA
SECCION 3 OTRAS EROGACIONES
SECTOR 10 EROGACIONES P/ATENDER AMORTIZACION DE DEUDAS C/ RENTAS GENERALES
PARTIDA PRINCIPAL 15 AMORTIZACION DE DEUDAS
PARTIDA PARCIAL 01 AMORTIZACION DE LA DUDA PUBLICA
PARTIDA SUB-PARCIAL 26 PARA PAGO OBLIGACIONES NO COMPROMETIDAS PRESUPUESTARIAMENTE EN EJERCICIO ANTERIORES
ARTICULO 3°.- El cumplimiento de lo dispuesto en la presente, queda sujeto a la autorización de la imputación de la partida presupuestaria.-
ARTICULO 4°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente, dese al Registro y Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación a sus demás efectos y archívese.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación