BOLETÍN OFICIAL Nº 60 ANEXO – 21/05/21
RESOLUCION N° 3331-E/2021.-
EXPTE. N° 1059-231/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ABR. 2021.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Adjudicase la Licitación Pública Nacional N° 11/2020, en virtud de las consideraciones expresadas en el exordio, a:
RENGLÓN N° 1: JARDIN MATERNAL (en predio Escuela N° 255 “Pucarita”) S.S. de Jujuy – Departamento Dr. Manuel Belgrano al oferente FORBICE ESTUDIOS Y CONSTRUCCIONES S.R.L., -C.U.I.T. N° 30-67144059-1, por la suma total de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 67/100 ($ 59.095.954,67), precio ofertado que se ajusta al monto oficial.
RENGLÓN N°2: ESCUELA SECUNDARIA RURAL VIRTUAL A CREAR N°5 MEDIADA POR TIC — El Milagro — El Carmen, VAPEU S.R.L. —C.U.I.T. N°30-64182999-0, por la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 17/100 ($ 36.675.054,17, precio ofertado que se ajusta al monto oficial.
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que los fondos necesarios para afrontar la erogación que implica la obra citada en el artículo anterior, que asciende a la suma de NOVENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHO PESOS CON 84/100 ($ 95.771.008,84), se atenderán con la Partida Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del Presente Ejercicio Financiero:
Jurisdicción F Ministerio de Educación.
- de O. 6 Secretaría de Infraestructura Educativa.
Finalidad 5 Cultura y Educación.
Función 5 Cultura y Educación sin Discriminar
Sección 2 Erogaciones de Capital
Sector 3 Transferencia
P.Principal 5 Transferencia para financiar erogaciones de capital
- Parcial 20 Transferencia P/Financ. Erog. Capital con recursos afectados
- Sub. Parcial 6 Transferencia P/ Financ. Erog. Capital/RA-Ap. No Lucrativas
- Sub. Parcial 92 PROMACE- Infraestructura y Equipamiento Educativo – Ampliación o Mejoramiento de la Cobertura
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese por Jéfatura de Despacho, por cédula en soporte papel, la
parte dispositiva de la presente a los oferentes FORBICE ESTUDIOS Y CONSTRUCCIONES S.R.L., VAPEU S.R.L., BELLOMO S.R.L., BLOKE S.R.L., EMPRENDIMIENTO RIO GRANDE S.R.L. Y DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES en los domicilios legales constituidos, sin perjuicio de la comunicación vía correo electrónico con intervención de la Secretaría de Infraestructura Educativa.
ARTICULO 4°.- Remítase a Secretaría de Infraestructura Educativa a fin de la intervención pertinente de la Corporación Andina de Fomento en forma previa a la firma del contrato de obra con los adjudicatarios.
ARTICULO 5°.- Cumplido remítanse a toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Regístrese, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y archívese.-
Isolda Calsina
Ministra de Educacion