BOLETÍN OFICIAL Nº 58 ANEXO – 17/05/21
RESOLUCIÓN Nº 2188 – MPA/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 FEB. 2021.-
VISTO:
La Ley Provincial Nº 6.213 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2.021 – y las Actuaciones
Provisorias (ref. expte MPA Nº 930-89-2020); y
CONSIDERANDO:
Que, existe un cargo vacante en la planta de personal, en el Escalafón de Magistrados y Funcionarios en la categoría “Prosecretario Técnico Administrativo”.
Que en tal sentido, conforme lo establecido en el Artículo 17 inc. n) de la Ley 5895, es competencia del Fiscal General de la Acusación efectuar nombramientos, remoción, asensos, carga horaria, traslados, licencias, sanciones y demás condiciones de trabajo del personal.
Que por su parte, el art. 63 del Reglamento Interno para Fiscales, Funcionarios y Empleados, establece como requisito tener una año de antigüedad para acceder a una promoción, pero no obstante ello, del mismo cuerpo legal en su art. 11 apartado c) dispone textualmente que: “Asimismo, cuando el Sr. Fiscal General de la Acusación lo estime conveniente y exista vacante, podrá promover a empleados de la categoría Personal Técnico Administrativo (que cumplan con los requisitos exigidos para el cargo y condiciones para el ascenso) a la categoría “Prosecretario Técnico Administrativo”.
Que a su turno el art. 58 del Reglamento referido dispone que: “El Sr. Fiscal General de la Acusación podrá disponer, mediante resolución fundada, designaciones, promociones o condiciones no previstas en el presente título”.
Que ese marco normativo, y de las constancias de las actuaciones se desprende que la Licenciada Genovese, no cuenta con el año de antigüedad establecido en la normativa referida, pero no obstante ello, se debe tener presente que la agente viene cumpliendo tareas propias de su incumbencia profesional como Licenciada en Psicología dentro del cuerpo de Psicólogos del Organismo de Investigación, de los que se infiere que en este caso la Licenciada Genovese, se encuentra en condiciones de acceder a una promoción, en virtud de lo establecido en el art. 11 apartado c) del Reglamento interno, en concordancia con los dispuesto en el art. 58 del mismo cuerpo legal.
Qué asimismo, la promoción propuesta por el responsable del Organismo de Investigación, se encuentra debidamente justificada, ello si se tiene en cuenta la calificación positiva de su superior inmediato y las cualidades personales de la agente a promover, por lo que resulta necesario, asignarle el cargo vacante, todo ello a los fines de brindar una apropiada, oportuna y ágil respuesta a las necesidades del Ministerio Público de la Acusación.
Que a fs. 08/09 ha tomado intervención de su competencia la Secretaría Legal y Técnica emitiendo opinión favorable respecto a la promoción de la agente solicitada a fs. 02.
Por ello, y en uso de las facultades previstas en los arts. 2, 3, 17 inciso n) de la Ley Provincial Nº 5.895 y arts. 11 apartado c) y 63 del Reglamento Interno para Fiscales Funcionarios y Empleados del Ministerio Publico de la Acusación;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
Artículo 1º: PROMOVER a la Sra. Marcela Sabrina Genovese, Legajo N° 8.344, DNI N° 30.399.354, de “Personal Técnico Administrativo 1B” a la categoría de “Prosecretario Técnico Administrativo”.
Artículo 2º: Establecer que la presente tendrá efecto a partir de que preste el juramento de ley.
Artículo 3°: Regístrese. Notifíquese, tómese razón por Administración General, Departamento de Personal y Liquidación de Sueldos para los efectos que correspondieran. Cumplido, archívese.
Sergio Enrique Lello Sánchez
Fiscal General de la Acusación