BOLETÍN OFICIAL Nº 58 ANEXO – 17/05/21

RESOLUCIÓN Nº 2174- MPA/2021.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18  FEB. 2021.-

VISTO:

El Expediente MPA-AG N°022-2021; y

CONSIDERANDO:

Que, a través del mencionado expediente se dio inicio al procedimiento de contratación para la Adquisición de veinte (20) equipos portátiles (Notebook), para ser entregadas a los Agentes Fiscales de este Ministerio como herramienta de trabajo.

Que ello es así, en razón de que los Agentes Fiscales deben concurrir a audiencias de debate ante el Tribunal, debidamente preparados con argumentaciones estratégicas para el sostenimiento del caso cuya investigación llevan adelante; ello  se realiza en audiencias públicas, orales y continuas, en la que se produce, no sólo la prueba, sino también las partes pueden deducir nulidades, además tienen lugar los alegatos sobre la prueba producida, para finalmente dictar el veredicto de condena o absolución del procesado.

Que en ese marco, los Agentes Fiscales deben contar con equipos portátiles como herramientas de trabajo, ello en concordancia con las nuevas tecnologías, a fin de adecuar dicha actuación a las mismas, ya que, con motivo de la política de modernización puesta en marcha hace tiempo por este Ministerio, se digitalizan los expedientes, lo cual implica que los Agentes Fiscales al momento de concurrir a una audiencia de debate debe contar con un equipo portátil que le permita acceder al expediente digitalizado y de esa manera tener mayor control y manejo de la información en juicio.

Que sumado a lo expresado, se debe tener en cuenta, para una eventual condena, en el sostenimiento de la acusación formulada en el juicio, el Agente Fiscal puede valerse de herramientas en forma inmediata, conforme las vicisitudes que se vayan dando en el transcurso de las audiencias, como ser, consulta de leyes, doctrina y jurisprudencia “on line”; datos estadísticos útiles para el caso, etc.

Que asimismo es fundamental tener presente que oportunamente, se emitió la Resolución MPA Nº 2019/2.020, la cual dispone que los Agentes Fiscales concurran a juicio y soliciten en dicha etapa la reproducción de la declaración brindada en Cámara Gesell por un menor de edad a los fines de que sea percibido y/o visualizado por el Tribunal juzgador, y no sea incorporado al debate por simple lectura, y para cumplir con ello, los funcionarios deben contar con equipamientos tecnológicos acordes para ser utilizado en juicio.

Que en igual sentido la actividad probatoria que debe llevar adelante un Agente Fiscal en el juicio oral puede ir acompañada de la utilización de pantallas en los Tribunales para la exhibición de fotografías, reproducción de videos (por ejemplo, cámaras de seguridad), reconstrucción del hecho, para probar y contextualizar los hechos llevados a juicio, a fin de acreditar los extremos de la acusación sostenida en el debate para una eventual condena.

Que, por ello a fs. 01 la Administradora General, da cuenta del refuerzo presupuestario otorgado para la partida presupuestaria de Bienes de Capital mediante Expediente N° 930-070-2020, destinado a la adquisición de veinte (20) equipos portátiles (notebook), cuyas especificaciones técnicas de los mismos, se encuentran detallados a fs. 04, informando además que el referido refuerzo presupuestario para afrontar la erogación referida se encuentra en la partida Presupuestaria 7.1.1.0 “Bienes de Capital”; por la suma de pesos 2.240.198,60 (Pesos Dos Millones Doscientos Cuarenta Mil Ciento Noventa y Ocho con 60/100).

Que a fs. 02/07 se agrega copia del Expediente N° 930-070-2020 caratulado “MPA SOLICITA REFUERZO PRESUPUESTARIO – ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PORTÁTILES PARA PARTICIPACIÓN DE AGENTES FISCALES EN JUICIO”, mediante el cual se tramitó el correspondiente refuerzo.

Que a fs. 08 se agrega Informe de Situación del Gasto donde consta la habilitación del refuerzo presupuestario otorgado a la Partida 7.1.1.0 “Bienes de Capital” por $ 2.240.198,60 (Pesos Dos Millones Doscientos Cuarenta Mil Ciento Noventa y Ocho con 60/100).

Que fs. 09, la encargada del Departamento de Contrataciones y Compras expresa que procede a dar inicio al procedimiento de contratación; para ello remitió solicitud de cotización a los proveedores los cuales se encuentran incluidos en la base de datos del Sistema de Gestión Integral del MPA. En cuadro adjunto, reseña Razón Social, dirección, N° de CUIT y correo electrónico de tales proveedores.

Que a fs. 10 consta carátula de “Solicitudes de Cotización” y a  fs. 11/16 se agregan las solicitudes efectuadas a “OVA INFORMÁTICA” de Bonifacio Torres Norberto; “NOVA INFORMÁTICA S.A”; “INTER-HARD” de Gómez Carlos Javier; “SEYTC” de Tejerina Claudio Mauricio; “SIMECOM S.R.L.” y “ZENTECH” de Alvarez Roberto Julio.

Que a fs. 17 consta carátula de “Ofertas Presentadas” y a fs. 18/28 se agregan cotizaciones presentadas por las firmas “SEYTC” de Tejerina Claudio Mauricio, “SIMECOM S.R.L.”; “NOVA INFORMÁTICA S.A.”, no presentando ofertas las restantes firmas a las cuales se les cursó nota de solicitud de cotización.

Que a fs. 29, la encargada del Departamento Contrataciones y Compras solicita informe técnico al Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información a fin de determinar si las ofertas presentadas cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas.

Que a fs. 30, el Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información informa que al renglón N° 1 cotizado por la firma NOVA INFORMÁTICA S.A. se le debe adicionar el renglón N° 2 “SSD WD GREEN 480GB M.2 SATA”. La firma SIMECOM S.R.L. cotiza oferta original más dos (02) alternativas y que cabe considerar la oferta original. La firma SEYTC presenta dos (02) alternativas, por lo que se debe considerar la cotización del modelo “s145”.

Que a fs. 31 se agrega Cuadro Comparativo de Precios, allí la encargada de Compras y Contrataciones manifiesta que las cotizaciones presentadas cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas; por lo que sugiere adjudicar la contratación a la firma NOVA INFORMÁTICA S.A. por la suma $ 1.444.183,60 (Pesos Un Millón Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Ciento Ochenta y Tres con 60/100). Asimismo, informa que dicho importe encuadra dentro de los topes fijados por el Decreto Acuerdo Nº 1954-HF-2020 para la contratación directa.

 

Que a fs. 32, se agrega informe, donde se rectifica la imputación preventiva de la partida presupuestaria 7.1.1.0 “Bienes de Capital” por la suma de $ 1.444.183,60 (Pesos Un Millón Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Ciento Ochenta y Tres con 60/100), informando nuevamente sobre la existencia de crédito presupuestario suficiente, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.

Que, a fs. 33/36 ha tomado intervención de su competencia la Secretaría Legal y Técnica emitiendo dictamen favorable sobre el procedimiento de contratación para la adquisición de los bienes requeridos.

Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17° inc. d) de la Ley Provincial Nº 5.895;

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

Artículo 1°: ADJUDICAR a la firma “NOVA INFORMÁTICA S.A.” CUIT Nº 30-62155898-2 por un importe total de $ 1.444.183,60 (Pesos Un Millón Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Ciento Ochenta y Tres con 60/100) la contratación directa de los bienes solicitados a fs. 04.

Artículo 2°: ORDENAR la emisión de las correspondientes de Órdenes de Compra y libramientos de Pago a favor de la firma “NOVA INFORMÁTICA S.A.” por el importe consignado en el artículo

anterior.

Artículo 3°: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero será imputada a la 7.1.1.0 “Bienes de Capital”, del presupuesto vigente.

Artículo 4°. – Ordenar a la Administración General que publique íntegramente la presente en el Boletín Oficial de la Provincia. Artículo 5°: Regístrese, notifíquese y archívese.

 

Sergio Enrique Lello Sánchez

Fiscal General de la Acusación