BOLETÍN OFICIAL Nº 58 ANEXO – 17/05/21

RESOLUCIÓN Nº 2108 – MPA/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DIC.2020.

VISTO:

La Resolución MPA Nº 2104/2020; y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la misma se dispuso la reestructuración, creación y puesta en funcionamiento de Fiscalías y Unidades Fiscales Especializadas a partir del 01.12.2020.

En razón de ello, resulta necesario establecer la redistribución, asignación y habilitación de los agentes del Ministerio Público de la Acusación de conformidad a la nuevo esquema de reestructuración mencionado.

Por otra parte, considerando la cantidad de causas que actualmente se encuentran en trámite en las Fiscalías y/o Unidades Fiscales Especializadas con asiento en San Salvador de Jujuy, Alto Comedero,  Perico y San Pedro de Jujuy, en las cuales los imputados hayan sido indagados, resulta oportuno que las mismas continúen bajo órbita del agente fiscal que tuvo intervención lo cual redundará en una mejor organización, distribución y trámite de las causas penales, logrando una mayor eficiencia y economía procesal.

En igual sentido, las Fiscalías y/o Unidades Fiscales de Investigación Penal Preparatoria con asiento en las distintas circunscripciones deberán entender en los casos donde se encuentren involucrados miembros de Comunidades Indígenas, los cuales deberán ser tramitados en respeto a sus costumbres, identidad, y diversidad cultural, siempre que se trate de un conflicto que interese al derecho penal, que se encuentren involucrados miembros de Comunidades Indígenas reconocidas por el Estado, sobre hechos ocurridos en territorio reconocido de las Comunidades Indígenas y que el hecho no afecte gravemente el interés público o que no involucre un interés público prevalente.

Por ello, y en uso de las facultades previstas en los arts. 2, 17 y cc. de la Ley Provincial Nº 5895,

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

Artículo 1: Disponer que partir del día de la fecha:

  1. El Dr. Diego Cussel se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Integridad de las Personas y Homicidios”.

La “Fiscalía de Causas Ley Nº 3584” (Circunscripción Nº 1), por habilitación.

  1. El Dr. Mario Alejandro Maldonado se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Propiedad”.

La “Fiscalía ante el Tribunal en lo Criminal Nº 3”, por habilitación.

  1. El Dr. Aldo Hernán Lozano se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Propiedad”.

La “Fiscalía especializada en Delitos Ambientales”, por habilitación. (iii) La “Unidad Fiscal de Actuación Genérica”, por habilitación.

  1. El Dr. Carlos Ariel Gil Urquiola se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Unidad Fiscal Especializada en Delitos Patrimoniales”.

La “Fiscalía de Niños, Niñas y Adolescentes Nº 1 por

suplencia y Nº 3, por habilitación”.

La “Fiscalía Especializada en Delitos Económicos y Contra la Administración Pública Nº 1″, por habilitación.

  1. El Dr. Diego Funes se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Unidad Fiscal Especializada en Delitos Patrimoniales”.

La “Fiscalía ante la Cámara de Casación Penal”, por

habilitación.

La “Fiscalía Especializada en Delitos Económicos y Contra la Administración Pública Nº 2″, por habilitación.

  1. El Dr. Darío Osinaga se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Unidad Fiscal de Investigación Penal Preparatoria de Alto Comedero”.

La “Unidad Fiscal de Investigación Penal Preparatoria de Palpalá”, por habilitación.

  1. El Dr. Leonardo Zazzali se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Unidad Fiscal de Investigación Penal Preparatoria de Alto Comedero”.

La “Unidad Fiscal de Investigación Penal Preparatoria de Perico”, por habilitación.

  1. El Dr. Alejandro Atilio Bossatti se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Fiscalía Especializada en Ciberdelitos Sexuales”.

La “Fiscalía Especializada en Violencia de Género Nº 1”, por habilitación.

  1. El Dr. Gustavo Araya se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Fiscalía de Ejecución Penal”, hasta tanto se cubra la vacante de la misma.

La “Fiscalía Especializada en Violencia de Género Nº 2”, por habilitación.

  1. El Dr. Ernesto Lian Resúa se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Fiscalía de Investigación Penal Preparatoria de Libertador General San Martín” sin perjuicio de la continuidad en la tramitación de las causas conforme el criterio establecido

respecto a la recepción de la declaración defensiva.

La “Fiscalía de Causas Ley Nº 3584” (Circunscripción Nº 2), por habilitación.

  1. El Dr. José Alfredo Blanco se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de:

La “Fiscalía de Investigación Penal Preparatoria de San Pedro de Jujuy”.

La “Fiscalía Especializada en Violencia de Género Nº 5”, por habilitación.

La Dra. Julia Fermoselle se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de la “Fiscalía de Niños, Niñas y Adolescentes Nº 2” y quedará habilitada en la unidad fiscal especializada en delitos contra la propiedad de la circunscripción Nº 2.

El Dr. Sergio Marcelo Cuellar se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de la “Fiscalía ante el Tribunal en lo Criminal Nº 1”.

El Dr. Miguel Ángel Lemir se desempeñará como Agente Fiscal a cargo de la “Fiscalía ante la Sala de Apelaciones y Control en lo Penal”.

Artículo 2: Disponer que hasta tanto se cubra la vacante de Fiscal ante Tribunal en lo Criminal Nº 2, mencionada competencia será asignada al Agente Fiscal que hubiera intervenido en la investigación penal preparatoria, al momento de efectuar el

requerimiento de citación a juicio.

Artículo 3: Disponer que el personal (Funcionarios, administrativo y policial) que se encontraba prestando servicios hasta el

30.11.2020 en las Distintas Fiscalías y/o Unidades Fiscales Especializadas, mantendrán sus respectivas funciones a cargo de los agentes fiscales de quien dependían, hasta nueva disposición en contrario.

Artículo 4: Modificar el ARTICULO 9 de la Resolución MPA Nº 2104/2020, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 9: ESTABLECER que las causas asignadas a las Fiscalías y/o Unidades Fiscales Especializadas con asiento en San Salvador de Jujuy, Alto Comedero, San Pedro de Jujuy y Perico, en las cuales los imputados hayan sido indagados, continuarán bajo órbita del agente fiscal que tuvo intervención, las restantes causas deberán ser redistribuidas desde el día de la fecha al 30.12.2020 de conformidad a la competencia material y territorial establecida en el Anexo I de la presente, salvo mejor criterio de la Fiscalía General”.

Artículo 5: Disponer que hasta tanto se ponga en funcionamiento las Fiscalías Especializadas en Violencia de Género en las Circunscripciones Nº 3 y Nº 7 (Alto Comedero y Palpalá), las Unidades Fiscales de Investigación Penal Preparatorias con asiento en las mismas, serán competentes para entender en mencionados delitos.

Artículo 6: Disponer que la Unidad Fiscal de Actuación Genérica, y las Fiscalías y/o Unidades Fiscales de Investigación Penal Preparatoria con asiento en las circunscripciones creadas mediante Resolución MPA Nº 2104/2020, serán competentes para entender en los casos donde se encuentren involucrados miembros de Comunidades Indígenas, conforme las reglas y disposiciones establecidas mediante Resolución MPA Nº 1734/2020 (art. 6).

 

Artículo 7: Registrar, notificar al Ministerio de Seguridad, al CINDAC (ley Nº 6185), al Presidente del Superior Tribunal de Justicia, al Presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Jujuy para difundir la presente a sus matriculados; publicar en el Boletín Oficial, dese amplia difusión a través de la página oficial del Ministerio Público de la Acusación.

Artículo 8: Cumplir y archivar.

 

Sergio Enrique Lello Sánchez

Fiscal General de la Acusación