BOLETÍN OFICIAL Nº 58 ANEXO – 17/05/21

RESOLUCION Nº 2247-MPA/2021.-

San Salvador de Jujuy, 20 de Abril de 2.021.-

VISTO:

El Expediente MPA-AG-060-2021; y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 01 luce Formulario de Pedido Interno presentado por el encargado de Infraestructura e Intendencia en el que solicita diez

(10) extintores de fuego tipo ABC de 10 kg. con soporte y diez (10) chapa baliza para extintor de 10 kg; manifestando al pie de dicho formulario la justificación de la necesidad de adquisición.

Que, a fs. 02 el departamento de Contrataciones y Compras informa que se controló que la solicitud contenga la justificación de la necesidad de adquisición, las especificaciones técnicas y un valor indicativo; informa además la inexistencia en stock de los bienes solicitados.

Que, a fs. 03 el departamento Contable agrega informe de imputación presupuestaria preventiva de la partida 7.1.1.0 “Bienes de Capital” por $ 120.000,00 (Pesos Ciento Veinte Mil con 00/100); informando además que se cuenta con crédito presupuestario en la mencionada partida para hacer frente a la erogación que demanda la inversión; y que conforme al monto estimado de la contratación, la misma encuadra como contratación directa, en atención a lo dispuesto en el Artículo 1 inc. d), del Decreto Acuerdo Nº 1954-HF2.020.

Que, a fs. 04 el departamento de Contrataciones y Compras informa listado de proveedores a invitar; cuyos datos se encuentran en la base de datos del Sistema de Gestión Integral del MPA.

Que, a fs. 06/17 se agregan solicitudes de presupuesto presentadas a las firmas “JUJUY MATAFUEGOS” de Emilio Guzmán; “DEL NOA EXTINTORES PALPALÁ” de Ricardo Gabriel Oviedo y “MATAFUEGOS SUR” de Saluzzo Hnos. S.H.

Que, a fs. 19/20 se agrega correo electrónico con cotización adjunta, remitido por la firma “DEL NOA EXTINTORES PALPALÁ” de Ricardo Gabriel Oviedo.

Que, a fs. 22, el encargado de Infraestructura e Intendencia adjunta informe de cumplimiento técnico de la oferta presentada, manifestando que los extintores ABC, los soportes pared ABC 5 a 10 kg. y las chapa balizas columna regulable ofertados, reúnen los requisitos para ser adquiridos y puestos en funcionamiento en oficinas que ocupa el Ministerio Público de la Acusación.

Que, a fs. 23 obra “Cuadro Comparativo de Precios”, en el mismo, el departamento de Contrataciones y Compras sugiere adjudicar a la firma “DEL NOA EXTINTORES PALPALÁ” de Ricardo Gabriel Oviedo CUIT N° 20-20313905-6, la contratación directa del Renglón Nº 1: diez (10) extintor de fuego tipo ABC de 10kg. con soporte y Renglón Nº 2: diez (10) chapa baliza para extintor de 10 kg., por la suma total de $ 108.700,00 (Pesos Ciento Ocho Mil Setecientos con 00/100).

Que, a fs. 24 el departamento Contable agrega informe, donde se rectifica la imputación preventiva de la partida 7.1.1.0 “Bienes de Capital” por $ 108.700,00 (Pesos Ciento Ocho Mil Setecientos con 00/100), informando nuevamente sobre la existencia de crédito presupuestario suficiente, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.

Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17° inc. d) de la Ley Provincial Nº 5.895; EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

Artículo 1°: ADJUDICAR a la firma “DEL NOA EXTINTORES PALPALÁ” de Ricardo Gabriel Oviedo CUIT N° 20-20313905-6, la contratación directa del Renglón Nº 1: diez (10) extintores ABC polvo químico x 10 kg. con soporte pared ABC 5 y 10 kg. y Renglón Nº 2: diez (10) chapa baliza columna mini reg. 80×23; por la suma total de $ 108.700,00 ( Pesos Ciento Ocho Mil Setecientos con  00/100).

Artículo 2°: ORDENAR la emisión de la correspondiente Orden de Compra y libramiento de Pago a favor de la firma “DEL NOA EXTINTORES PALPALÁ” de Ricardo Gabriel Oviedo CUIT N° 20-203139056  por el importe consignado en el artículo anterior.

Artículo 3º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero será imputada a la partida presupuestaria 7.1.1.0 “Bienes de Capital”, del presupuesto vigente.

Artículo 4°: Ordenar a la Administración General que publique íntegramente la presente en el Boletín Oficial de la Provincia. Artículo 5°: Regístrese, notifíquese y archívese.

 

Sergio Enrique Lello Sánchez

Fiscal General de la Acusación