BOLETÍN OFICIAL Nº 57 ANEXO – 14/05/21

RESOLUCION DE GENERAL Nº 0029/2021.-

EXPTE Nº.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 ABR. 2021.-

EL DIRECTOR DE TRANSPARENCIA Y GOBIERNO ABIERTO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- De acuerdo a los considerandos, esta Dirección dispone que todas las solicitudes de información que realizaren los ciudadanos, se efectúen a través del sitio web de Gobierno Abierto, ingresando a la dirección www.gajujuy.qob.ar,  en la sección pertinente de Solicitudes de Información, ingresando al mismo y completando el formulario respectivo que se encuentra allí a disposición del ciudadano, siguiendo el instructivo que al efecto se dispuso y acompañando la documentación requerida tanto por la Ley N° 5886 de Acceso a la Información Publico como su Decreto Reglamentario N° 1451-G-2016.-

ARTICULO 2°.- Que en igual sentido y tratándose de toda otra presentación de escritos como documentación, que no fuera el caso de una solicitud de información, los mismos serán remitidos y se los tendrán por presentados, en la casilla de e-mail oficial de esta Dirección de Transparencia y Gobierno Abierto, siendo la misma transparenciaygobiernoabierto@juiuy.gob.ar. Tales presentaciones que se realizarán por vía email, deberán cumplir las formalidades exigidas para todo escrito conforme lo establece el art. 69 y concordantes de la Ley N° 1886 de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletorio al procedimiento especial de Acceso a la Información Pública.-

ARTICULO 3°.- En relación a las notificaciones de las resoluciones que se dicten en los diferentes Expedientes que se encuentran en trámite (subsanación, admisibilidad, general, como también las que ponen a disposición del interesado las respuestas a las solicitudes de información), serán remitidas directamente y sin excepción, desde el correo electrónico oficial de esta Dirección (transparenciaygobiernoabierto@juiuy.gob.ar), a la dirección del correo electrónico del ciudadano-solicitante que declarare al momento de completar su solicitud de información (sección Datos de Contacto del Formulario) tal como prevé el art. 10, Ap. I, inc. “b” Dcto. N° 1451-G-16 y concordantes.-

ARTICULO 4°.- Los solicitantes podrán, a su vez, realizar sus consultas por, el trámite de algún Expediente, por vía-e-mail o bien de manera telefónica, comunicándose al teléfono de esta Dirección, siendo el mismo 0388-4239452 en el horario de atención al público de Lunes a Viernes de 08:00 a 13:00 horas.-

ARTICULO 5°.- Como corolario y a fines aclaratorios, los efectos de las notificaciones que se efectuaran de forma electrónica, surtirán a partir del día siguiente hábil de la fecha en que fueron practicadas (art. 10 Ap.II, inc. “d” párrafo 7° Dcto. N° 1451-G2016).-

ARTICULO 6°.- Regístrese, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno para su conocimiento y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, cumplido vuelvan las presentes actuaciones a esta Dirección de Transparencia y Gobierno Abierto.-

 

Ing. Álvaro Nuñez

Director de Transparencia y Gobierno Abierto