BOLETÍN OFICIAL Nº 56 ANEXO – 12/05/21
RESOLUCIÓN MPA Nº 2077/2.020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 NOV. 2.020.-
VISTO:
La Resolución MPA Nº 1500/2.019 y el Expediente MPA-AG-062-2.020; y
CONSIDERANDO:
Que, hace tiempo, este Ministerio inició un proceso de cambio y modernización en la administración de justicia, mediante la adopción de un sistema de notificación electrónica, el cual permite la consulta y el ágil anoticiamiento de los actos procesales, posibilitando una mejor y más rápida comunicación dentro del proceso penal, materializándose en una racionalización y optimización de recursos, despapelización, economía y celeridad procesal y en un mejor acceso a la justicia para la población en general.
Que, en ese orden de ideas, luce necesario la adquisición de una mayor cantidad de tokens (dispositivos físicos que permiten acceder a un recurso restringido electrónicamente) para la habilitación del uso de la “Firma Digital” a todos los funcionarios y actuarios del Ministerio Público de la Acusación.
Que, a fs. 01 luce informe Formulario de Pedido Interno presentado por el Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información, del cual se desprende que resulta indispensable la adquisición de veinte (20) tokens con homologación FIPS 140-2 nivel 2 o superior.
Que, a fs. 05/06 consta listado de los Agentes Fiscales, Funcionarios y personal con firma habilitada a los que ya se les registró la firma digital con la consecuente entrega de token.
Que, a fs. 07 rola nota del Departamento de Compras y Contrataciones en el cual informa que se realizó el control de la solicitud presentada por el área requirente, conteniendo la misma en forma completa las especificaciones técnicas, como así también la justificación de la necesidad de adquisición y un valor indicativo. Informa además la inexistencia en stock de los mismos.
Que, a fs. 08 se agrega informe de imputación presupuestaria preventiva de la partida 7.1.1.0 “Bienes de Capital”; informando además que se cuenta con crédito presupuestario en la mencionada partida para hacer frente a la erogación que demanda la inversión; referenciando además que el monto referenciado a fs. 01 se encuentra dentro de los topes establecidos por el Decreto Acuerdo Nº 8484-HF-2019, Art. 1º inc. d) para la contratación directa.
Que, a fs. 09, la encargada del Departamento de Contrataciones y Compras expresa que procede a dar inicio al procedimiento de contratación directa, remitiendo solicitud de cotización a los proveedores que se encuentran incluidos en la base de datos del Sistema de Gestión Integral del MPA. En cuadro adjunto, reseña razón social, dirección, N° de CUIT y correo electrónico de tales proveedores.
Que, a fs. 10 consta carátula de “Solicitudes de Cotización” y a fs. 11/16 se agregan las solicitudes efectuadas a “INTER-HARD” de Carlos Javier Gómez; “OVA INFORMÁTICA” de Bonifacio Torres Norberto; “SEYTC” de Claudio Mauricio Tejerina; “NOVA INFORMÁTICA S.A.”; “SIMECOM S.R.L.” y “SICOM S.A”, respectivamente.
Que, a fs. 17 consta carátula de “Ofertas Presentadas” y a fs. 18/19 se agrega cotizaciones presentadas por la firma “NOVA INFORMÁTICA S.A.” e “INTER-HARD” de Carlos Javier Gómez; no presentando oferta las restantes firmas.
Que, a fs. 20, la encargada del Departamento Contrataciones y Compras solicita informe técnico al Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información a fin de determinar si las ofertas presentadas cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas.
Que, a fs. 20, el Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información informa que las cotizaciones presentadas reúnen las características técnicas solicitadas a fs. 01.
Que, a fs. 21, se agrega Cuadro Comparativo de Precios, en el mismo, la encargada de Contrataciones y Compras manifiesta que dado que las cotizaciones presentadas cumplen con las especificaciones técnicas; sugiere adjudicar la contratación, a la firma “NOVA INFORMÁTICA S.A.”, por ser la oferta más conveniente en cuanto al precio. Que, a fs. 22, luce informe, donde se rectifica la imputación preventiva de la partida presupuestaria 7.1.1.0 “Bienes de Capital” por la suma de $ 59.853,60 (PESOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 60/100), informando nuevamente sobre la existencia de crédito presupuestario suficiente, para hacer frente a la erogación que demanda la inversión.
Que, a fs. 23/25 ha tomado intervención de su competencia la Secretaría Legal y Técnica emitiendo dictamen favorable a la adquisición de los bienes requeridos a fs. 01. Que, la compra se encuentra dentro de los topes autorizados por Art. 1 inc. d. del Decreto Acuerdo N° 8484-HF/2019, conforme lo dispuesto por el artículo 19 del Decreto Acuerdo Nº 3716-HF-78 Reglamento de Contrataciones del Estado y lo establecido en Decreto Ley N° 159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a).
Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1º.- Adjudicar a la firma NOVA INFORMÁTICA S.A. C.U.I.T. N° 30- 62155898-2 por un importe total de $ 59.853,60 (Pesos Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Cincuenta y Tres Con 60/100) la contratación directa de los bienes solicitados por la Secretaría de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información.
2º.- Ordenar la emisión de la correspondiente de Orden de Compra y libramiento de Pago a favor de la firma NOVA INFORMÁTICA S.A., por el importe consignado en el artículo anterior.
3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la Partida Presupuestaria 7.1.1.0 “Bienes de Capital”, del presupuesto vigente.
4º.- Disponer que el Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnologías de la Información será el responsable de la entrega, registración e instrucción del correcto uso de los elementos adquiridos por el Ministerio Público de la Acusación conforme lo establece el artículo 1º de la Resolución MPA Nº 1500/2.019.
5°.- Ordenar a la Sub-Administración que publique íntegramente la presente en el Boletín Oficial de la Provincia.
6º.- Regístrese, notifíquese y archívese.
Sergio E. Lello Sánchez
Fiscal General de la Acusación