BOLETÍN OFICIAL Nº 47 ANEXO – 23/04/21
RESOLUCION Nº 0191-DPCH/2021.-
EXPTE. Nº 780-56/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ABR. 2021.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo de BIOQUIMICO EN CATEGORIA A (j-1), Agrupamiento Profesional-Leyes Nº 4135 y 4418/1988 para la DIRECCION PROVINCIAL DE SANIDAD dependiente de la SUB-SECRETARIA DE ATENCION, PROMOCION y PREVENCION, mediante llamado a Concurso Extraordinario de Antecedentes y Oposición; y
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 2 obra solicitud formal de las autoridades de la Dirección Provincial de Epidemiologia;
Que, la Coordinación de Capital Humano acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;
Que, a los fines de la cobertura del mencionado cargo, resulta procedente el llamado a concurso de Antecedentes y Oposición de conformidad a lo establecido por las Leyes Nº 4135/1984, su modificatoria Nº 4418/1988 y su Decreto Reglamentario Nº 4918/1986;
Por ello;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º CONVOCAR a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135/84, modificada por la Ley Nº 4418 y su Decreto Reglamentario, para la cobertura del siguiente cargo:
SECRETARIA DE SALUD
DIRECCION PROVINCIAL DE SANIDAD
UN (1) CARGO DE BIOQUIMICA/O
EN CATEGORIA A (j-1) Dedicación Exclusiva |
AGRUPAMIENTO PROFESIONAL 4135 |
ARTICULO 2º El concurso al que alude el artículo anterior, será de clase EXTRAORDINARIO O ABIERTO, y podrán participar en el mismo los postulantes que reúnan los siguientes requisitos:
- FOTOCOPIA CERTIFICADA POR ESCRIBANO PÚBLICO DEL TÍTULO PROFESIONAL, habilitante expedido por Universidad Nacional, Provincial, Pública Privada debidamente reconocida o de Universidades Extranjeras revalidados en conformidad a las disposiciones legales pertinentes. –
- CONSTANCIA ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA DE MATRÍCULA HABILITANTE expedida por el Consejo de Bioquímicos de la Provincia de Jujuy, con validez de seis (6) meses desde la fecha de emisión.
- FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (anverso y reverso).
- PLANILLA PRONTUARIAL- FOTOCOPIA, emitida por la Policía de la Provincia de Jujuy y con validez de Seis (6) meses desde la fecha de emisión.
- Constancia de C.U.I.L.
- Certificado de Residencia– original, emitido por la Policía de Jujuy y con validez de SEIS (6) meses desde la fecha de su emisión.
- Constancia de NO poseer SUMARIO ADMINISTRATIVO original, emitida por el Departamento de Sumarios y Dictámenes de la Dirección Provincial de Personal.
- ACREDITAR, las siguientes condiciones:
- Título de Bioquímico
- Título de Especialista en Epidemiologia.
- Acreditar como mínimo tres años de experiencia en el Área de Epidemiologia.
- El postulante que acredite capacitaciones y antecedentes laborales relacionados con Epidemiologia, se duplicara el puntaje a cada certificado que presente.
- Curriculum Vitae con la documentación personal y de capacitación acreditantes y firmado en todas sus hojas por el postulante.
La certificación de cursos deberá contar con las firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y Organismos oficiales o, en su caso, con la correspondiente personería jurídica de la Institución para ser consideradas al momento de otorgar el puntaje de las mismas. Solo se puntuarán las capacitaciones que sean pertinentes al cargo que se concursa.
ARTÍCULO 3º No podrán participar del presente concurso:
El que estuviere incurso en algunas de las disposiciones contenidas en el artículo 8º de la Ley Nº 4135/84.
ARTÍCULO 4º Excepcionalmente el Examen Psicofísico se exigirá con posterioridad a los postulantes que resultaren primeros en el Orden de Mérito Definitivo, el que estará supeditado a la aprobación conforme su aptitud para el desempeño de las tareas inherentes a la función que desempeñará el/los agentes. El referido Examen deberá ser expedido y/o visado por el Centro
Sanitario “Dr. Carlos Alvarado” del Ministerio de Salud de la Provincia. El formulario será entregado en la Dirección Provincial de Capital Humano y tendrá diez (10) días hábiles para presentarlo, cumplido este plazo sin su presentación se dispondrá el ofrecimiento del cargo al postulante que siguiere en el orden de mérito.
ARTÍCULO 5º INSCRIPCIÓN: Los postulantes deberán efectuar la inscripción virtual en la página web www.msaludjujuy.gov.ar en el plazo previsto en el Art. 5º, ello de conformidad a la Resolución N° 1211-S-2020.
ARTICULO 6°: La documentación personal, antecedentes de capacitación y laborales agregados en la inscripción virtual por los postulantes, deben ser claramente legibles y no surgir duda alguna respecto a su autenticidad. Tiene que coincidir con lo subido a la página Web del Ministerio. Todos los datos consignados al tiempo de la inscripción tendrán el carácter de Declaración Jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.
ARTICULO 7°: El ingreso definitivo al cargo quedará supeditado a la presentación en copia certificada y actualizada de la documentación personal agregada al momento de la inscripción; en caso de que la misma no estuviere autenticada, deberá concurrir con el original para proceder a su respectiva constatación y certificación.
ARTICULO 8°: La documentación requerida en el artículo anterior deberá ser presentada en el plazo previsto al momento del ofrecimiento del cargo en el Área Administrativa de la Dirección Provincial de Capital Humano sito en Av. Italia esq. Independencia en el horario a determinar. Vencido el plazo que se estipulare, sin haber dado cumplimiento a lo solicitado, se dispondrá el ofrecimiento del cargo al postulante que siguiere en el orden de mérito.
ARTICULO 9°: La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.
ARTICULO 10: La inscripción conlleva la obligación para los interesados de, una vez iniciado el trámite, mantenerse informado sobre las novedades del Concurso, que se publicarán en la página web www.msaludjujuy.gov.ar.
Cada inscripto deberá constituir domicilio real e informar correo electrónico a los efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, a la que reconocerá expresamente como válida para todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas y la página web respectiva.
ARTÍCULO 11º Las instancias evaluativas del concurso serán de antecedentes y de oposición si se dan los supuestos que dispone las Ley Nº 4135/1984, su modificatoria Nº 4418/1988 y su Decreto Reglamentario Nº 4918/1986.
ARTÍCULO 12º EL TRIBUNAL estará constituido por:
- EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD- DEPARTAMENTO DE LABORATORIO
TITULAR: BIOQ. FEDERICO VALDEZ
SUPLENTE: BIOQ. FERNANDA BARRERA JORGE
- EN REPRESENTACION DEL CONSEJO DE BIOQUIMICOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY
TITULAR: DR. PEDRO CASTILLO LUCENA
SUPLENTE: DR. HUGO MARIO BORSETTI
- EN REPRESENTACION DE LA SUB-SECRETARIA DE ATENCION, PROMOCION Y PREVENCION-DIRECCION PROVINCIAL DE SANIDAD
TITULAR: DR. OMAR GUTIERREZ
SUPLENTE: DR. RAUL ROMAN
–Como Asesora del Concurso la Asesora Legal de la Dirección Provincial de Capital Humano Dra. Mónica Batállanos
ARTÍCULO 13º La participación de los veedores se consignará a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad competente de cada uno de los Gremios que lo facultará a participar del mencionado concurso.
ARTÍCULO 14º Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:
-APERTURA DE INSCRIPCION:21 DE ABRIL DE 2021
-CIERRE DE INSCRIPCION: 21 DE MAYO DE 2021
– Desde el 24 al 27 de Mayo de 2021: Exhibición de la lista de postulantes inscriptos.
-A partir del 28 de Mayo de 2021: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Capital Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes; confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.
En el caso de pasar a la Instancia de Oposición el Tribunal Evaluador determinara fecha y modalidad de la misma y posteriormente emitirá el Orden de Mérito Definitivo.
ARTÍCULO 15º El/la que sea declarado ganador/a deberá desempeñar sus funciones en:
- En la DIRECCION PROVINCIAL DE SANIDAD dependiente de la SUB-SECRETARIA DE ATENCION, PROMOCION Y PREVENCION o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.
- Inherentes a su capacitación profesional y al cargo que concursó.
- Asignadas por el Jefe Superior inmediato y en horarios reglamentarios que fueran necesarios para el mejor funcionamiento y necesidad del servicio.
- De docencia y de capacitación interna y externa necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.
ARTICULO 16º Comuníquese, publíquese, regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación al BOLETIN OFICIAL, PRENSA y PAGINA WEB DEL MINISTERIO DE SALUD, Dirección Provincial de Sanidad, Departamento de Laboratorio, Consejo de Bioquímicos de la Provincia de Jujuy y APUAP. Cumplido, archívese.
Dra. Florencia Forte Abed
Directora Pcial, de Capital Humano