BOLETÍN OFICIAL Nº 43 ANEXO – 14/04/21
RESOLUCION Nº 2490-E/2020.-
EXPTE. N° 1083-76-20.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DIC. 2020.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- APRUÉBESE el “Curso de Actualización de Formación Profesional Continua para las Prácticas Profesionalizantes en Tiempo de Pandemia” conforme se consigna en el Anexo I que se incorpora como parte del presente acto resolutivo.-
ARTÍCULO 2°, APRUÉBESE el Perfil del Instructor para “Curso de Actualización de Formación Profesional Continua para las Prácticas Profesionalizantes en Tiempo de Pandemia” conforme se consigna en el Anexo II de la presente Resolución.-
ARTÍCULO 3°.-. DISPÓNESE que la autorización para implementar el “Curso de Actualización de Formación Profesional Continua para las Prácticas Profesionalizantes en Tiempo de Pandemia” aprobado en Artículo 1° de la presente resolución en las instituciones educativas de ETP de gestión pública y de gestión privada, estará a cargo de la Dirección de Educación Técnico Profesional.-
ARTÍCULO 4°.- DISPÓNESE que la presente resolución autoriza a la Escuela Misión Monotécnica y de Extensión Cultural N° 69, para la cohorte 2020, la implementación del “Curso de Actualización de Formación Profesional Continua para las Prácticas Profesionalizantes en Tiempo de Pandemia” aprobado en su Articulo 1°. Asimismo, establecese, que la erogación presupuestaria que demande su implementación y desarrollo en la institución referida, será solventado con fondos pertenecientes al Plan Mejora Jurisdiccional – Programa 39- Resolución N° 2837/16.-
ARTÍCULO 5°.- DÉJESE establecido que la renovación de cohorte del “Curso de Actualización de Formación Profesional Continua para las Prácticas Profesionalizantes en Tiempo de Pandemia”, estará sujeto a una evaluación de resultados, a cuyo fin autorícese a la Dirección de Educación Técnico Profesional a realizarlo.-
ARTÍCULO 6°.- DECLÁRESE de Interés Educativo el “Curso de Actualización de Formación Profesional Continua para las Prácticas Profesionalizantes en Tiempo de Pandemia” aprobado en el Artículo 1° de la presente, con una carga horaria de 60 horas reloj/90 horas cátedras, que se enmarca en las Líneas Prioritarias de Capacitación Docente 2020, en virtud de lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 7°.- AUTORÍCESE a la Sala Técnico Profesional de la Junta Provincial de Calificación Docente a calificar el curso “Curso de Actualización de Formación Profesional Continua para las Prácticas Profesionalizantes en Tiempo de Pandemia” aprobado en el Artículo 1° del presente, de acuerdo a la grilla de calificación vigente.-
ARTÍCULO 8°.- AUTORÍCESE a la Dirección de Educación Técnico Profesional a partir de la fecha de la presente resolución a articular y acordar con Instituciones Educativas de Formación Profesional y/o de Nivel Superior y/o centros de investigación y transferencia tecnológica y/o institutos de investigación, la implementación del “Curso de Actualización de Formación Profesional Continua para las Prácticas Profesionalizantes en Tiempo de Pandemia” aprobado en el Artículo 1° del presente acto resolutivo.-
ARTÍCULO 9°.- PROCÉDASE por Jefatura de Despacho a notificar la presente resolución a la Dirección de Educación Técnico Profesional y a la Escuela Misión Monotécnica y de Extensión Cultural al N° 69.-
ARTÍCULO 10º.- Previa toma de conocimiento por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dese al Registro y Boletín Oficial, y pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Técnico Profesional, Dirección Provincial de Administración (Departamento Costo y Presupuesto/ Área de Recursos Humanos/ Sector Altas y Bajas/Departamento Administrativo/Área Liquidaciones), Departamento de Registro de Títulos Junta Provincial de Calificación Docente para su conocimiento y efectos de su competencia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación