BOLETÍN OFICIAL Nº 43 ANEXO – 14/04/21
RESOLUCION Nº 2009-E/2020.-
EXPTE. Nº ÑJ-1082-493-19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 AGO. 2020.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N°13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Carga Horaria, a la Ubicación en la Estructura Curricular y al Régimen de Cursada de la Unidad Curricular Metafísica correspondiente al segundo año, orden 18, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:
Régimen de Cursada: Anual
Ubicación en la Estructura Curricular: 3° Año
Carga Horaria: 5h cát / 3h 20 min reloj
Carga Horaria Total: 160h cát / 106h 40min
ARTÍCULO 2°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Carga Horaria y al Régimen de Cursada de la Unidad Curricular Estética Filosófica correspondiente al tercer año, orden 20, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:
Régimen de Cursada: Anual
Carga Horaria: 5h cát./ 3h 20 mm n reloj
Carga Horaria Total: 160h cát / 106h 40min
ARTÍCULO 3°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Carga Horaria y a la Ubicación en la Estructura Curricular de la Unidad Curricular Filosofía de la Educación correspondiente al tercer año, orden 22, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:
Ubicación en la Estructura Curricular: 4° Año
Carga Horaria: 5h cát./ 3h 20 min reloj
Carga Horaria Total: 80h cát / 53h 20 min
ARTÍCULO 4°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 113951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Carga Horaria y a la Ubicación en la Estructura Curricular de la Unidad Curricular Filosofía Social y Política correspondiente al tercer año, orden 23, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:
Ubicación en la Estructura Curricular: 4° Año
Carga Horaria: 5h cát./ 3h 20 mm n reloj
Carga Horaria Total: 80h cát / 53h 20min
ARTÍCULO 5°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Ubicación en la Estructura Curricular de la Unidad Curricular Filosofía Latinoamericana correspondiente al tercer año, orden 24, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:
Ubicación en la Estructura Curricular: 4° Año
ARTÍCULO 6°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Duración y Carga Horaria por Campos de Formación conforme el siguiente detalle:
Duración – Carga horaria
Años Académicos | Total Horas Cátedra | Total Horas Reloj |
4 años | 4000 h | 2666 h 40 min |
Carga Horaria por Campos de Formación
Campos dé Formación | Horas Cátedra |
Horas Reloj | Porcentajes Relativos |
Campo de la Formación General | 960 | 640 h | 24,00% |
Campo de la Formación Específica | 2144 | 1429 h 20 min | 53,60 % |
Campo de la Práctica Profesional | 832 | 554 h 40 min | 20,80% |
Unidad Curricular de Definición Institucional | 64 | 42 h 40 min | 1,60 % |
TOTALES | 4000 | 2666 h 40 min | 100% |
ARTÍCULO 7°.- Modificase la Estructura Curricular del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía aprobado por Resolución N° 13951-E/19, la que quedará redactada conforme al Anexo único que forma parte de la Resolución.
ARTÍCULO 8°.- Procédase a notificar por Jefatura de Despacho del Ministerio los términos de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior y a la Junta Provincial de Calificación Docente.
ARTÍCULO 9°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, dese al registro de Boletín Oficial Publíquese, pase a conocimiento de la Secretaria de Gestión Educativa, Secretaria de Innovación y Calidad Educativa, Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones y Certificaciones de Estudios y Equivalencias, para su competencia. Cumplido, archívese.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación