BOLETÍN OFICIAL Nº 43 ANEXO – 14/04/21

RESOLUCION Nº 2009-E/2020.-

EXPTE. Nº ÑJ-1082-493-19.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 AGO. 2020.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N°13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Carga Horaria, a la Ubicación en la Estructura Curricular y al Régimen de Cursada de la Unidad Curricular Metafísica correspondiente al segundo año, orden 18, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:

Régimen de Cursada: Anual

Ubicación en la Estructura Curricular: 3° Año

Carga Horaria: 5h cát / 3h 20 min reloj

Carga Horaria Total: 160h cát / 106h 40min

ARTÍCULO 2°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Carga Horaria y al Régimen de Cursada de la Unidad Curricular Estética Filosófica correspondiente al tercer año, orden 20, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:

Régimen de Cursada: Anual

Carga Horaria: 5h cát./ 3h 20 mm n reloj

Carga Horaria Total: 160h cát / 106h 40min

ARTÍCULO 3°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Carga Horaria y a la Ubicación en la Estructura Curricular de la Unidad Curricular Filosofía de la Educación correspondiente al tercer año, orden 22, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:

Ubicación en la Estructura Curricular: 4° Año

Carga Horaria: 5h cát./ 3h 20 min reloj

Carga Horaria Total: 80h cát / 53h 20 min

ARTÍCULO 4°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 113951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Carga Horaria y a la Ubicación en la Estructura Curricular de la Unidad Curricular Filosofía Social y Política correspondiente al tercer año, orden 23, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:

Ubicación en la Estructura Curricular: 4° Año

Carga Horaria: 5h cát./ 3h 20 mm n reloj

Carga Horaria Total: 80h cát / 53h 20min

ARTÍCULO 5°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Ubicación en la Estructura Curricular de la Unidad Curricular Filosofía Latinoamericana correspondiente al tercer año, orden 24, en la Estructura Curricular, según se consigna a continuación:

Ubicación en la Estructura Curricular: 4° Año

ARTÍCULO 6°.- Modificase parcialmente el Anexo Único de la Resolución N° 13951-E/19 que aprueba el Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía, en lo que respecta a la Duración y Carga Horaria por Campos de Formación conforme el siguiente detalle:

Duración – Carga horaria

Años Académicos Total Horas Cátedra Total Horas Reloj
4 años 4000 h 2666 h 40 min

Carga Horaria por Campos de Formación

Campos dé Formación Horas
Cátedra
Horas Reloj Porcentajes
Relativos
Campo de la Formación General 960 640 h 24,00%
Campo de la Formación Específica 2144 1429 h 20 min 53,60 %
Campo de la Práctica Profesional 832 554 h 40 min 20,80%
Unidad Curricular de Definición Institucional 64 42 h 40 min 1,60 %
TOTALES 4000 2666 h 40 min 100%

 

ARTÍCULO 7°.- Modificase la Estructura Curricular del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Secundaria en Filosofía aprobado por Resolución N° 13951-E/19, la que quedará redactada conforme al Anexo único que forma parte de la Resolución.

ARTÍCULO 8°.- Procédase a notificar por Jefatura de Despacho del Ministerio los términos de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior y a la Junta Provincial de Calificación Docente.

ARTÍCULO 9°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, dese al registro de Boletín Oficial Publíquese, pase a conocimiento de la Secretaria de Gestión Educativa, Secretaria de Innovación y Calidad Educativa, Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones y Certificaciones de Estudios y Equivalencias, para su competencia. Cumplido, archívese.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación