BOLETÍN OFICIAL Nº 41 ANEXO – 09/04/21
RESOLUCIÓN Nº 067-SCA/2021.-
EXPEDIENTE Nº 1101-73-M-2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAR. 2021.-
VISTO:
La solicitud de rectificación presentada por la Secretaria de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación para el proyecto de infraestructura educativa en el marco del PROMACE (Programa de Mejoramiento y Acceso a la Calidad Educativa), que se tramita mediante Expte. Administrativo N° 1101-73-M-2020.-
La Ley Provincial N° 5063 “General de Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios N° 5980/06 “Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la Protección de la Atmosfera, de las Aguas y del Suelo”, su modificatorio N° 9067/07, N° 5606/02 “ De las Infracciones y Sanciones”, la Resolución N° 212/2007- S.M.A. y R.N., La Ley Procesal Administrativa de la Provincia de Jujuy N° 1886, la Resolución N° 073/2020-SCA, la Ley N° 5875 Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto N° 1-G/2019 y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución N° 073/2020-SCA la Secretaria de Calidad Ambiental emitió una Declaración de Ausencia de Impacto Ambiental Significativo al proyecto de Infraestructura Educativa dentro de la provincia de Jujuy en el marco del Programa de Mejoramiento y Acceso a la calidad Educativa (PROMACE), para los establecimiento incluidos en el anexo de dicha resolución, presentado por la Secretaria de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy.-
Que, la mencionada Secretaria de Infraestructura Educativa, solicito mediante Nota N° 162/2021-SCA la rectificación de la ubicación del Colegio Secundario N° 39 comprendido en el anexo de la Resolución N° 073/2020-SCA, cuya localidad indicada era Los Blancos, por la siguiente ubicación: “San Salvador de Jujuy B° Campo Verde, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, georeferencia 24°10´7.46”S 65°17´33.817”O”, cuya solicitud obedece a un error involuntario.-
Que, del análisis de la nueva ubicación surge que, por la magnitud de la obra en cuestión y por encontrarse dentro de un área urbana ya antropizada, no se espera ocurran impactos ambientales negativos de significación para el cambio propuesto.-
Que, por todo lo expuesto, el Área Técnica no encuentra impedimentos para dar lugar a lo solicitado aconsejando rectificar la ubicación del Colegio Secundario N° 39 en el anexo de la Resolución N° 073/2020-SCA.-
Por ello:
EL SECRETARIO DE CALIDAD AMBIENTAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Rectificar en el cuadro anexo de la Resolución N° 073/2020-SCA, la ubicación del Colegio Secundario N° 39 como prosigue:
Escuela | Localidad | Depto. | Georreferenciación | |
Colegio Secundaria N° 39 | San Salvador de Jujuy B° Campo Verde | Dr. Manuel Belgrano | 24°10´7.46”S 65°17´33.817”O”. |
ARTÍCULO 2°: Manténganse la vigencia plena de los restantes artículos de la Resolución N° 073-2020-SCA, a todos los efectos que pudieran corresponder.-
ARTICULO 3°: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaria.- Notifíquese a la Secretaria de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación y a la Dirección de Evaluación Ambiental y Fiscalización. Cumplido, archívese.-
Ing. Pablo Bergese
Secretario de Calidad Ambiental de la Provincia de Jujuy.-