BOLETÍN OFICIAL Nº 32 ANEXO – 17/03/21

RESOLUCION Nº 2204-MPA/2021.-

EXPTE. Nº .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAR. 2021.-

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto las siguientes resoluciones y sus números: Nº 1117/2018, 1317/2019, 1527/2019, 1540/2019, 1553/2019, 1565/2019, 1729/2019, 1809/2019, 1864/2019 y 2101/2019; como así también aquellas que a la fecha de la presente no hayan sido firmadas y se encuentren numeradas en el sistema de gestión integral.

ARTÍCULO 2º.- Disponer que a partir del día de la fecha, en el   ámbito de Fiscalía General, Secretaría General y Administración General, todas las resoluciones, instrucciones, decretos, oficios, notas y cédulas deberán realizarse mediante su carga y registro en el Sistema de Gestión Integral (o en el sistema que en un futuro   lo reemplace) y ser suscriptos electrónicamente con firma digital, salvo aquellos actos que requieran excepcionalmente la firma ológrafa por razones de celeridad y eficacia.

ARTÍCULO 3º.- Establecer que los libros individualizados como “RESOLUCIONES M.P.A. AÑO 2016 TOMO I”, “RESOLUCIONES M.P.A. AÑO  2016 TOMO II”, “RESOLUCIONES M.P.A. AÑO 2017 TOMO  I”,  “RESOLUCIONES M.P.A. AÑO 2017 TOMO II”, y “RESOLUCIONES M.P.A. AÑO 2018 TOMO I”, que se encuentran resguardados en el archivo de Fiscalía General, constituyen el protocolo de Resoluciones MPA emitidas desde la creación del Ministerio Público de la Acusación hasta fecha 27.06.2018 -Res. MPA 001/2016 a 1079/2018-.

ARTÍCULO 4º.- Ordenar la formación de libros físicos integrados por las Resoluciones MPA Nº 1080/2018 hasta la presente, los cuales deberán:

  1. encontrarse debidamente individualizados en su tapa y lomo con leyenda “RESOLUCIONES M.P.A. AÑO (año de resoluciones) TOMO (número de tomo ej. I, II, III)”,
  2. contener las resoluciones ordenadas en forma cronológica y correlativa,
  3. formarse en tomos de hasta cuatrocientas (400) fojas, y
  4. contar con un índice.

ARTÍCULO 5º.- Ordenar a la Administración General que proceda a la encuadernación y formación de libros físicos integrados por las Resoluciones MPA Nº 1080/2018 hasta la presente, de conformidad a lo establecido en el artículo precedente.

ARTÍCULO 6º.- Disponer que en el índice del libro donde correspondería agregar la resolución MPA Nº 1154/2018 deberá consignarse que el original de la misma se encuentra agregado al Expte. Nº 930-263-2018, caratulado: “Supresión y creación de cargos”.

ARTÍCULO 7º.- Ordenar a la Secretaría de Desarrollo Organizacional y de Tecnologías de la Información que:

  1. Digitalice y certifique los libros mencionados en el artículo 3 y 4 de la presente.
  2. Adapte el sistema de gestión integral, a tenor de esta resolución, en lo relativo a la registración y protocolización digital de resoluciones e instrucciones generales dictadas por Fiscalía General.

ARTÍCULO 8º.- Disponer que a partir del año 2022 las Resoluciones   MPA dictadas por Fiscalía General, deberán  registrarse  digitalmente en forma cronológica y correlativa en el sistema de gestión integral (o aquél que en un futuro lo reemplace), debiendo comenzar en cada año calendario con el número uno (01) que será asignado al primer registro que se realice.

ARTÍCULO 9º.- Disponer que a partir del día de la fecha no se imprimirán y protocolizaran físicamente las Resoluciones e Instrucciones Generales, salvo aquellas que excepcionalmente requieran su impresión.-

ARTÍCULO 10º.- Otorgar eficacia legal a la registración digital de resoluciones e instrucciones generales en el Sistema de Gestión Integral (o aquél que en un futuro lo reemplace).-

ARTÍCULO 11º.- Disponer que la Secretaría de Desarrollo  Organizacional y de Tecnologías de la Información, deberá  garantizar la guarda y soporte de todas las resoluciones, instrucciones, decretos, oficios, notas y cédulas que  se  encuentren cargadas en el Sistema de Gestión Integral del MPA (o aquél que en un futuro lo reemplace).

ARTÍCULO 12º.- Registrar, notificar. Publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.-

 

  1. Lello Sanchez Sergio Enrique

Fiscal General