BOLETÍN OFICIAL Nº 30 ANEXO – 12/03/21

RESOLUCION N° 2184-MPA/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 FEB. 2.021.-

VISTO:

El Expte. N° 211-MPA/2020, caratulado “Proyecto de Plan de Gestión Estratégica presentado en el Marco del Equipo Multidisciplinario-Año 2020”; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5895 en el artículo 8 inc. a) establece que, a los fines del cumplimiento de sus funciones, el Ministerio Público de la Acusación deberá: “Establecer y desarrollar la ejecución de los lineamientos de política criminal en la persecución penal en el ámbito provincial, para lo cual el Fiscal General de la Acusación fijará mediante los respectivos protocolos las prioridades y criterios de la investigación y persecución de los delitos en forma dinámica y continua, previo requerir opinión a la Junta de Fiscales del Ministerio Público de la Acusación cuando sea necesario conforme los requerimientos de un funcionamiento eficiente y racional”.-

Que, a su turno, el art. 17 inc. b) del mismo cuerpo legal, establece entre las funciones del Fiscal General la de “Velar por el cumplimiento de las funciones institucionales e impartir las instrucciones de carácter general que permitan un mejor desenvolvimiento del servicio que brinda este Ministerio”.-

Que, en ese marco, este Ministerio debe diseñar estrategias tendientes a consolidar en el tiempo una política de transparencia que incremente la confianza y los niveles de legitimidad de los funcionarios y demás operadores del sistema de justicia frente a la sociedad.-

Que, a tales fines, se requiere que la actividad que desempeña cada uno de los integrantes del Ministerio Público de la Acusación se realice de manera eficaz y eficiente basada en los principios de transparencia, objetividad, compromiso social y unidad de actuación.

Que, la vigencia del Estado de Derecho depende fundamentalmente de la confianza de la ciudadanía en sus instituciones. Para lograrla, es imprescindible que sus poderes actúen en forma transparente y organicen sus prácticas y reglamentaciones de un modo que sea posible rendir cuentas a la sociedad sobre lo actuado en el ejercicio de la función.-

En ese sentido, el proyecto de Plan de Gestión Estratégica tiene por objetivo proponer nuevas lógicas en la forma trabajo que permitan utilizar adecuadamente los recursos públicos bajo un criterio que prioriza la calidad, eficacia, eficiencia y promueva la mejora continua de calidad de respuesta a la ciudadanía.-

Que, como todo plan, que se proyecta hacia el futuro, el mismo constituye un instrumento dinámico que debe ser revisado anualmente, en oportunidad que se deba concretar la programación de actuaciones del año siguiente, y de esa manera se mantendrá actualizado permanentemente según las necesidades que se detecten, ya que tanto la institución como la sociedad a la que sirve están en permanente cambio, modificándose las circunstancias iniciales en que fue concebido el plan de gestión.-

Que, en el plan de Gestión Estratégica a implementar se ha contemplado la Misión, la Visión y los Valores del Ministerio Público de la Acusación, y la decisión de su implementación, muestran el alto compromiso que se ha asumido en miras a consolidar el principio de transparencia, eficiencia y eficacia en el ejercicio de la función pública, como un aspecto central de la gestión institucional de este organismo.-

Que, se han establecido de manera minuciosa los objetivos, metodologías, etapas, ejes estratégicos para su ejecución e implementación, que se incorporan como Anexo a la presente resolución.-

Que, el Ministerio Público debe ser identificado como una organización confiable, capaz de compatibilizar el liderazgo ético en la persecución del delito con la adecuada atención y protección de víctimas y testigos.-

Que, lograr que el Ministerio Público sea percibido positivamente, requiere que sus integrantes asuman como propios los principios institucionales y los expresen cotidianamente en su comportamiento.- Si la Institución es capaz de alinear los valores institucionales con los valores individuales se facilitará, por un lado, el logro de los objetivos estratégicos y, por otro, se erradicarán las conductas no deseadas.-

Que, por todo ello, el Plan de Gestión Estratégica, en el marco de las funciones previstas en la ley 5895 y normas constitucionales, contribuirá a dar respuesta eficaz y eficiente a las demandas de la ciudanía, mejorar los estándares de calidad y fortalecimiento institucional.-

Que, la Secretaria legal y técnica emitió dictamen favorable a los efectos de su aprobación e inmediata implementación.-

Por ello, en uso de las facultades previstas en la Ley Provincial N° 5.895;

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar el Plan Estratégico del Ministerio Publico de la Acusación que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.-

Artículo 2°: Disponer que el plan aprobado es de observancia obligatoria para todo el personal que integre las dependencias de este Ministerio.-

Artículo 3°: Para la ejecución del diagnóstico inicial del plan Estratégico del Ministerio Publico de la Acusación:

*El Secretario de Desarrollo Organizacional y Tecnología de la Información deberá presentar en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificado Informe de todos los programas informáticos que se utilizan en la gestión informática del M.P.A. con los instructivos de funcionamiento de los mismos.-

*El responsable del Área Informática de la Escuela de Capacitación deberá elaborar en el plazo de diez (10) días hábiles de notificado un programa informático para que todos los agentes del M.P.A. actualicen sus Legajos con la totalidad de los cursos de capacitación realizados, conforme al diseño que le será entregado por la Escuela de Capacitación, con el instructivo de funcionamiento a efectos de su aprobación.-

*Los responsables de la Escuela dé Capacitación deberán presentar en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificados el Manual de Funciones, Código de Ética y Encuesta de Clima Laboral que oportunamente le fueran encomendados a los fines de su revisión.-

*La Lic. María López Bonutto deberá presentar en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificada el listado de la totalidad de los organismos que integran el M.P.A. con el personal afectado en cada área con indicación de Número de Legajo, Categoría, Nombre completo y datos que figuren en los legajos personales de cada agente.-

Artículo 4°: Desígnese para integrar el Equipo Interdisciplinario de implementación del Plan Estratégico del Ministerio Público de la Acusación a los Señores Contadora Graciela Barac, Dras. María Eugenia Zamar Herrera y Celina F. de Tezanos Pinto, Dres. Miguel Ángel Lemir, Esteban Fado Zamar y Juan José Calderari; Sr. Luis Alberto Martín, Ing. Javier Sisti, y Lic. Matías Taussig, quienes desempeñarán ad honoren las funciones en el marco de la presente designación, sin perjuicio de las funciones propias de su cargo, quienes deberán elaborar y presentar en conjunto el Informe del Diagnóstico Inicial en la Fiscalía General, conforme al Plan de Gestión Estratégica que se aprueba por la presente.-

Artículo 5°: Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial y oportunamente archivar.-

 

Dr. Sergio Lello Sánchez

Fiscal General