BOLETÍN OFICIAL Nº 30 ANEXO – 12/03/21
RESOLUCION Nº 0130-SOTyV/2020.-
EXPTE Nº 617-355/2020.-
AGREG. Nº 618-245/2018.-
AGREG. 618-419/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2020.-
EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA.-
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Declárese la caducidad de los derechos y acciones que la Sra. JAIN MARCELA ALEJANDRA D.N.I. N° 26663748, junto a su grupo familiar, acordados por el CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN N° 903 sobre el lote 08, Manzana 223, ubicado en el loteo denominado “10 Hectáreas – SAN JOSE”, de la ciudad de PALPALA; Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy, el cual fuera emitido en el marco Programa de Emergencia Habitacional “Un lote para cada familia jujeña que lo necesite”; y por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Por medio del Registro Único de Postulante e Infractores procédase a realizar la anulación del CERTIFICADO DE ADJUDICACIÓN N° 903 sobre el lote 08, Manzana 223, ubicado en el loteo denominado “10 Hectáreas – SAN JOSE”, de la ciudad de PALPALA; Departamento PALPALA, Provincia de Jujuy a nombre de las personas mencionadas en el articulo anterior.-
ARTICULO 3°.- Por medio de Dirección de Hábitat e Inclusión procédase a la continuación del trámite administrativo a favor la Sra. TEJERINA PATRICIA JIMENA D.N.I. N° 16508921, junto a su grupo familiar sobre el lote 08, Manzana 223, ubicado en el loteo denominado “10 Hectáreas – SAN JOSE”, de la ciudad de PALPALA; Departamento PALPALA, Provincia .de Jujuy.-
ARTICULO 4°.- A los fines de su publicidad y conocimiento publíquese la presente por tres veces en cinco días por el diario local.-
ARTICULO 5°: Regístrese, pase a Dirección de Hábitat e Inclusión, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 2° y 3° del presente. Por Coordinación de Despacho General remítanse copias certificadas al Boletín Oficial para su publicación en forma sintética-y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión.Cumplido, archívese.-
Ing. Carlos Humberto García
Secretario De Ordenamiento Territorial y Vivienda.-