BOLETÍN OFICIAL Nº 29 ANEXO – 10/03/21

RESOLUCIÓN Nº 351-DEyP/2020.-

EXPTE. Nº 660-414-2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 NOV. 2020.-

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECNÓMICO Y PRODUCCIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Crease el Registro Provincial de Establecimiento de Desposte o Ciclo II y envasado de la carne con destino a consumo humano, donde previa habilitación, deberá inscribirse toda persona física o jurídica que realice actividades de elaboración de productos, subproductos y derivados de origen cárnico en el territorio provincial.-

ARTICULO 2°.- Aprobar el procedimiento para la inscripción de los Establecimientos mencionados en el artículo primero, detallados en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente.-

ARTICULO 3°.- Establecer como autoridad de control de la presente y coordinador de 2,5 los registros mencionados a la Dirección Provincial de Control Productivo y Comercial. Quien contara con las funciones de control de las disposiciones vigente en materia sanitaria establecidas por el Decreto N°4238 y del Código Alimentario Argentino y las normas que en su consecuencia se dicten con relación a la presente resolución. Asimismo podrá dictar la normativa complementaria necesaria para la correcta aplicación y cumplimiento de la presente.-

ARTICULO 4°.- Regístrese. Previa intervención de Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Por Dirección General de Despacho y Asuntos Jurídicos, pase a conocimiento de la Dirección Provincial de Control Productivo y Comercial. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

Dr. Exequiel Lello Ivacevich

Ministro de Desarrollo

Económico y Producción