BOLETÍN OFICIAL Nº 11 ANEXO – 27/01/21

RESOLUCIÓN Nº 000013-MS/2020.-

Expte. Nº 1400-010/2021.-                 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ENE. 2021

VISTO Y CONSIDERANDO:

La Resolución Nº 000009-MS/21 de fecha 18 de Enero del 2.021, mediante la cual se deja sin efecto las Resoluciones Nº 000050-MS/20 y 000123-MS/20 y autoriza la continuidad de la atención al público en los Organismos Contravencionales, como así a todos los efectos procesales a través de los correos electrónicos habilitados; y

Que, en aras de no vulnerar los derechos de la administración, se ha procedido a una revisión minuciosa de todo lo actuado detectando un error involuntario del dispositivo legal mencionado ut supra, en cuanto a los correos mencionados;

Que, por lo expresado precedentemente corresponde el dictado de un nuevo acto administrativo;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º:Modifíquese el artículo 2º de la Resolución N° 000009-MS/21 de fecha 18 de Enero del 2021,el cual quedará redactado de la siguiente manera. –

“ARTICULO 2º:Autorízase la continuidad de la atención al público en los Organismos Contravencionales, como así a todos los efectos procesales a través de los correos electrónicos habilitados a continuación, hasta nueva disposición en contrario:

ARTICULO 2º:Determínese que los Juzgados y sus correspondientes Secretarias, Defensoría Contravencional y Departamento Contravencional serán responsables de futuras modificaciones, ampliaciones y demás cambios en los correos habilitados por la presente. –

ARTICULO 3º:Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones.  Publíquese de forma integra en el Boletín  Oficial, pase a los Juzgados Contravencionales, Secretarias dependientes de los Juzgados Contravencionales Administrativos involucrados y Secretaría de Seguridad Pública, dependientes del Ministerio de Seguridad para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.-

 

Lic. Ernesto Guillermo Corro

Ministro de Seguridad