BOLETÍN OFICIAL Nº 11 ANEXO – 27/01/21
RESOLUCIÓN Nº 000013-MS/2020.-
Expte. Nº 1400-010/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ENE. 2021
VISTO Y CONSIDERANDO:
La Resolución Nº 000009-MS/21 de fecha 18 de Enero del 2.021, mediante la cual se deja sin efecto las Resoluciones Nº 000050-MS/20 y 000123-MS/20 y autoriza la continuidad de la atención al público en los Organismos Contravencionales, como así a todos los efectos procesales a través de los correos electrónicos habilitados; y
Que, en aras de no vulnerar los derechos de la administración, se ha procedido a una revisión minuciosa de todo lo actuado detectando un error involuntario del dispositivo legal mencionado ut supra, en cuanto a los correos mencionados;
Que, por lo expresado precedentemente corresponde el dictado de un nuevo acto administrativo;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º:Modifíquese el artículo 2º de la Resolución N° 000009-MS/21 de fecha 18 de Enero del 2021,el cual quedará redactado de la siguiente manera. –
“ARTICULO 2º:Autorízase la continuidad de la atención al público en los Organismos Contravencionales, como así a todos los efectos procesales a través de los correos electrónicos habilitados a continuación, hasta nueva disposición en contrario:
- Juzgado Contravencional N° 1, Secretaría Contravencional Nº 1:
- contravencional@outlook.com.ar
- contravencional1@jujuy.gob.ar
- Juzgado Contravencional Nº 2:
- contravencionaln2@outlook.com.ar
- contravencionaln2@outlook.com.ar
- Juzgado Contravencional Nº 3: 3@gmail.com
- Secretaría Contravencional Nº 2:
- secretaria2jc@gmail.com
- contravencional.2@jujuy.gob.ar
- Secretaria Contravencional Nº 3:
- contravencional.3@jujuy.gob.ar
- secre3juzgadocontra@gmail.com
- Secretaría Contravencional Nº 4:
- secrecon4@gmail.com
- contravencional.4@jujuy.gob.ar
- Defensoría Contravencional:
- defensoriacontravencional@gmail.com
- contravencional@jujuy.gob.ar
- Contravencional: DepartamentoContravencional@outlook.com
ARTICULO 2º:Determínese que los Juzgados y sus correspondientes Secretarias, Defensoría Contravencional y Departamento Contravencional serán responsables de futuras modificaciones, ampliaciones y demás cambios en los correos habilitados por la presente. –
ARTICULO 3º:Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones. Publíquese de forma integra en el Boletín Oficial, pase a los Juzgados Contravencionales, Secretarias dependientes de los Juzgados Contravencionales Administrativos involucrados y Secretaría de Seguridad Pública, dependientes del Ministerio de Seguridad para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.-
Lic. Ernesto Guillermo Corro
Ministro de Seguridad