BOLETÍN OFICIAL Nº 140 ANEXO – 27/11/20

RESOLUCION N° 1768-E/2020.-

EXPTE. N° 1050-519/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2020.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE a las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades de gestión privada y cooperativa a fijar un horario reducido de atención al público con el objeto de percibir; las cuotas mensuales de los alumnos que integran su matrícula, quedando bajo responsabilidad de cada institución cumplimentar las disposiciones del COE y del Gobierno de la Provincia especialmente citar escalonadamente a los tutores de los alumnos a fin de evitar aglomeraciones, proveer alcohol en gel, limpieza de superficies de uso frecuente, cumpliendo las demás reglas de higiene y prevención sanitaria en vigor y manteniendo el distanciamiento social adecuado, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones previstas en las normas de emergencia vigentes.-

ARTÍCULO 2°.-  COMUNIQUESE al COE. Pase a la Secretaria de Gestión Educativa y Dirección de Educación Privada para notificación a las instituciones de gestión privada y cooperativa, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Seguridad de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación