BOLETÍN OFICIAL Nº 134 ANEXO – 11/11/20

RESOLUCION N° 000076-MS/2020.-

EXPTE. N° 1400-132/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 JUN. 2020.-

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°.Dispóngase continuar con la suspensión de todos los plazos administrativos Contravencionales que estuviesen corriendo, desde el día lunes 12 de junio de 2.020 hasta nueva disposición, en todos los procesos que tramiten ante los Juzgados contravencionales Provinciales.

ARTICULO 2°.- Reprográmense todas las fechas y actos procesales contravencionales que hubieran debido concretarse en el periodo en que no se atendió al público.-

ARTICULO 3°.- Quedan exceptuadas todas las causas de competencia de  los Juzgados Contravencionales existentes, por el régimen del artículo 90° de la Ley N° 5860/14, modificada por Ley N° 6.050/17, Decreto Acuerdo N° 741-G/20 y complementarias, ratificado por Ley N° 6.159 dictado en el marco de la emergencia epidemiológica declarada por la pandemia de COVID-19 (CORONAVIRUS), las cuales se tramitarán y llevarán a cabo conforme lo establecido en el artículo 1° y 2° de la Resolución N° 000059-MS/2020.

ARTICULO 4°.- Los Organismos Contravencionales competentes, podrán disponer excepciones a lo establecido en el Artículo 1° y 2°, por acto administrativo fundado, debidamente notificado.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, regístrese en el libro Resoluciones. Publíquese de forma íntegra en el Boletín Oficial, pase a los Juzgados Contravencionales, Departamento Contravencional y Defensoría Contravencional, para conocimiento y demás efectos de rigor. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad.-

 

Dr. Ekel Meyer

Ministro de Seguridad