BOLETÍN OFICIAL Nº 128 ANEXO – 28/10/20
EXPTE. N° 1100-203/2020
San Salvador de Jujuy, 21 de Octubre de 2020.
VISTO:
El Decreto Acuerdo N° 3716-H/78 “Reglamento de Contrataciones del Estado” y su modificatorio Decreto Acuerdo N° 5993-G/18, Decreto Ley N° 159-H/G-57 “Ley de Contabilidad de la Provincia”,
El Decreto Nº 1432-A-2020 de fecha 20 de agosto del año 2020, las actuaciones del Expediente Nº 1100-141-2020 COMPRA DIRECTA CON COMPULSA DE PRECIOS DE INDUMENTARIA Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL – PLAN PARA EL ABORDAJE DE PROBLEMAS EMERGENTES ASOCIADOS A LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN EL MARCO DEL PROYECTO GIRSU SE-BEI y la Resolución N° 131/2020-MA, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Proyecto de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y Valorización Energética de la Provincia de Jujuy que financia el Banco Europeo de Inversiones (BEI), el Ministerio de Ambiente y Girsu S.E., elaboran un “Plan para el Abordaje de problemas Emergentes Asociados a los Residuos Sólidos Urbanos en el marco del Proyecto GIRSU BEI” a los fines de contribuir a la Emergencia Sanitaria dispuesta en la Provincia de Jujuy en razón del Dengue y el COVID 19.
Que, el Decreto Nº 1432-A-2020 de fecha 20 de agosto del año 2020 autoriza al Ministerio de Ambiente a la Contratación Directa con Compulsa de Precios para la adquisición de Equipamientos e Insumos necesarios para el cumplimiento del Plan para el Abordaje de Problemas Emergentes Asociados a los Residuos Sólidos Urbanos, quedando expresamente facultado para evaluar técnica y económicamente las propuestas, adjudicar, aprobar y culminar el procedimiento de compra.
Que, el Plan comprende como uno de sus ejes, la adquisición de Indumentaria y Elementos de Protección Personal, cuya compra conformó el LOTE A que en CATORCE (14) RENGLONES se tramitó en el expediente N° 1100-141-2020, de conformidad a los Términos y Condiciones establecidos en los ANEXOS I, II y III.
Que, cumplido el procedimiento de convocatoria de oferentes de acuerdo a los principios de transparencia y publicidad, las ofertas presentadas son evaluadas por Comisión Evaluadora que emite su conclusión, cuyos términos son compartidos por la superioridad, emitiéndose la Resolución N° 131/2020-MA de fecha 15 de octubre del año 2020, cuyo Artículo 1° dispone las adjudicaciones correspondientes, en tanto que a través del Artículo 2° se declara desierta la adjudicación del Renglón 12, correspondiente a 13.508 Mamelucos descartables, en tanto conforme dictamen de la Comisión Evaluadora, ninguna de las muestras cumplió las especificaciones técnicas requeridas.
Que, teniendo en cuenta los términos del Plan por el cual se impulsó el trámite de la Compra Directa con Compulsa de Precios y que la urgencia de contribuir a la Emergencia Sanitaria dispuesta en la Provincia de Jujuy en razón del Dengue y el COVID 19, subsisten y se agravan las condiciones del primero con el advenimiento de las altas temperaturas, corresponde establecer el procedimiento que conforme a ley debe aplicarse para adquirir los bienes correspondientes al Renglón declarado desierto.
Por ello;
LA MINISTRA DE AMBIENTE
DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Dirección General de Administración-DGA a instaurar el procedimiento de Contratación Directa para la adquisición de los bienes correspondientes al Lote A, Renglón 12, específicamente 13.508 (Trece mil quinientos ocho) Mamelucos descartables, que ha sido declarado desierto por la Resolución N° 131/2020-MA de fecha 15 de octubre de 2020, en el marco de las actuaciones tramitadas en Expediente Nº 1100-141-2020 COMPRA DIRECTA CON COMPULSA DE PRECIOS DE INDUMENTARIA Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL – PLAN PARA EL ABORDAJE DE PROBLEMAS EMERGENTES ASOCIADOS A LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS EN EL MARCO DEL PROYECTO GIRSU SE- BEI, de conformidad a lo expresado o en el considerando.
ARTÍCULO 2°.- A los fines dispuestos en el Artículo precedente la DGA deberá cumplir exhaustivamente las disposiciones legales vigentes en la materia y los Términos y Condiciones del ANEXO I, ANEXO II y ANEXO III, correspondientes al LOTE A, establecidos en el Expediente N° 1100-141-2020.
ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente se atenderá con la siguiente partida
presupuestaria:
EJERCICIO 2020 – LEY Nº 6149
JURISDICCION: “W” MINISTERIO DE AMBIENTE
U.DE O.: “W1” MINISTERIO DE AMBIENTE
FINALIDAD: “3” SALUD
FUNCION: “2” SANEAMIENTO AMBIENTAL
1.0.0.0.0.0. EROGACIONES CORRIENTES
1.3.0.0 0.0. TRANSFERENCIAS
1.3.4.0.0.0. TRANSFERENCIAS P/FINANCIAR EROG. CORRIENTES
1.3.4.20.0.0. TRANSF. P/FINANCIAR EROG. CTES. C/REC. AFECT.
1.3.4.20.6.0. TRANSFERENCIAS PARA/FINANCIAR EROG CTES C/REC APORTES ACTIVIDADES LUCRATIVAS
1.3.4.20.6.34 PLAN FONDOS EMERGENTES RSU-BEI
ARTÍCULO 4°.- Firmado, regístrese. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial por el término de un (1) día y en la página web del Ministerio de Ambiente. Cumplido, archívese.-
Com. Soc. María Inés Zigaran
Ministra de Ambiente