BOLETÍN OFICIAL Nº 128 ANEXO – 28/10/20
EXPTE. Nº 1059-282-2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 OCT. 2020.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
ARTICULO 1°.- ADJUDÍCASE, en el Llamado a Licitación Pública Nacional Nº 01/2020 de las obras: “ESCUELA SECUNDARIA RURAL N° 1, Nº 2 y Nº 3 DE QUEBRALEÑA – AGUA DE CASTILLA – CANGREJILLO – COLEGIO SECUNDARIO N° 55 -ORATORIO- ESCUELA SECUNDARIA RURAL N° 3 – RACHAITE: Renglón N° 1: 1) COLEGIO SECUNDARIO N° 55 – en la localidad de Oratorio – Departamento Santa Catalina; 2) Escuela Secundaria Rural Nº 3 – en la localidad de Cangregillos – Departamento Yavi, al oferente UT ING. PEDRO MARIO CAMPOS S.R.L. y COPECSA S.R.L. – C.U.I.T. N° 30-71587335-0, en la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 81/100 ($ 69.988.951,81); Renglón N° 2: 3) ESCUELA SECUNDARIA RURAL Nº 2 – en la localidad de Agua de Castilla – Departamento Cochinoca; 4) Escuela Secundaria Rural Nº 3 –en la localidad de Rachaite – Departamento Cochinoca; 5) Escuela Secundaria Rural Nº 1 –en la localidad de Quebraleña – Departamento Cochinoca, al oferente UT ING. PEDRO MARIO CAMPOS S.R.L. y COPECSA S.R.L.. – C.U.I.T. N° 30-71587335-0 en la suma total de PESOS SETENTA MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 34/100 ($ 70.685.254,34), en virtud de las consideraciones expresadas en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que los fondos necesarios para afrontar la erogación que implican las obras citadas en el artículo anterior, que asciende a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SEIS CON 15/100 ($140.674.206,15), se atenderán con la Partida Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del Presente Ejercicio Financiero:
Jurisdicción | F | Ministerio de Educación. | |
U. de O. | 6 | Secretaría de Infraestructura Educativa. | |
Finalidad | 5 | Cultura y Educación. | |
Función | 5 | Cultura y Educación sin Discriminar | |
Sección | 2 | Erogaciones de Capital | |
Sector | 3 | Transferencia. | |
P. Principal | 5 | Transferencia para financiar erogaciones de capital | |
P. Parcial | 20 | Transferencia P/ Financ. Erog Capital con recursos afectados | |
P. Sub Parcial | 6 | Transferencia P/ Financ. Erog. Capital/RA-Ap. Act. No Lucrativas | |
P. Sub-Sub Parcial | 92 | PROMACE – Infraestructura y Equipamiento Educativo – Ampliación o Mejoramiento de la Cobertura |
ARTICULO 3°.- Notifíquese a la empresa adjudicataria en el domicilio legal constituido por intermedio de Jefatura de Despacho y mediante correo electrónico con intervención de la Secretaría de Infraestructura Educativa.-
ARTICULO 4°.- Remítase a Secretaría de Infraestructura Educativa a fin de la intervención pertinente de la Corporación Andina de Fomento en forma previa a la firma del contrato de obra con los adjudicatarios.-
ARTICULO 5°.- Cumplido remítanse a toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Regístrese, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y archívese.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación