BOLETÍN OFICIAL Nº 128 ANEXO – 28/10/20
EXPTE. Nº 1059-285-2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 OCT. 2020.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
ARTICULO 1°.- ADJUDÍCASE, en el Llamado a Licitación Pública Nacional Nº 04/2020 de la obra: “COLEGIO SECUNDARIO Nº 52 – San Pedro de Jujuy – Departamento San Pedro, ESCUELA DE CAPACITACION LABORAL Nº 615 – Libertador General San Martín – Departamento Ledesma y, ESCUELA PRIMARA a crear – Santa Clara – Departamento Santa Bárbara: Renglón N° 1: COLEGIO SECUNDARIO Nº 52 – San Pedro de Jujuy – Departamento San Pedro, al oferente CULTIVAR S.R.L. – C.U.I.T. N° 30-71100731-4, en la suma total de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 17/100 ($ 79.420.935,17); Renglón N° 2: ESCUELA DE CAPACITACION LABORAL Nº 615 – Libertador General San Martín – Departamento Ledesma, al oferente CONSAR S.A. – C.U.I.T. N° 30-70902814-2 en la suma total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 22/100 ($ 99.649.671,22); y Renglón N° 3: ESCUELA PRIMARA a crear – Santa Clara – Departamento Santa Bárbara, al oferente EL TREBOL CONSTRUCTORA S.R.L. – C.U.I.T. N° 30-70713972-9, en la suma total de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL CINCUENTA Y SIETE CON 01/100 ($ 129.704.057,01), en virtud de las consideraciones expresadas en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que los fondos necesarios para afrontar la erogación que implica la obra citada en el artículo anterior, que asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA PESOS CON 85/100 ($324.453.370,85), se atenderán con la Partida Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del Presente Ejercicio Financiero:
Jurisdicción | F | Ministerio de Educación. | |
U. de O. | 6 | Secretaría de Infraestructura Educativa. | |
Finalidad | 5 | Cultura y Educación. | |
Función | 5 | Cultura y Educación sin Discriminar | |
Sección | 2 | Erogaciones de Capital | |
Sector | 3 | Transferencia. | |
P. Principal | 5 | Transferencia para financiar erogaciones de capital | |
P. Parcial | 20 | Transferencia P/ Financ.Erog Capital con recursos afectados | |
P. Sub Parcial | 6 | Transferencia P/ Financ. Erog Capital/RA-Ap. Act. No Lucrativas | |
P. Sub-Sub Parcial | 92 | PROMACE – Infraestructura y Equipamiento Educativo – Ampliación o Mejoramiento de la Cobertura | |
ARTICULO 3°.- Notifíquese a las empresas adjudicatarias en los domicilios legales constituidos por intermedio de Jefatura de Despacho y mediante correo electrónico con intervención de la Secretaría de Infraestructura Educativa. –
ARTICULO 4°.- Remítase a Secretaría de Infraestructura Educativa a fin de la intervención pertinente de la Corporación Andina de Fomento en forma previa a la firma del contrato de obra con los adjudicatarios.-
ARTICULO 5°.- Cumplido remítanse a toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Regístrese, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y archívese.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación