BOLETÍN OFICIAL Nº 100 ANEXO – 21/08/20
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Noviembre de 2019.-
VISTO:
La solicitud efectuada por el Administrador General; y
CONSIDERANDO:
Que, resulta necesario atender a lo solicitado, en virtud de tratarse de un vehículo de uso oficial para el traslado de los agentes del Centro de Asistencia a la Víctima, División Medicina Legal y Ciencias Forenses y Departamento Reconocimientos Médicos de este Ministerio hacia distintos puntos de la provincia para el cumplimiento de su labor.
Que, el artículo 4 de la Resolución MPA Nº 1724/2.019 establece que los vehículos afectados a dicho uso son: camnioneta Volkswagen Amarok, dominio OTG 690 y camioneta Chevrolet Tracker, dominio OOJ 951.
Que, en tal sentido, el Jefe de Depósito de Secuestros, debe verificar mensualmente el estado de los vehículos mencionados, informando a la Administración General cualquier observación al respecto.
Que, conforme surge de ello, resulta fundamental mantener en óptimas condiciones los vehículos a fin de evitar posibles accidentes durante su uso.
Que, a fs. 01 consta Formulario de Pedido Interno presentado por el Administrador General solicitando la adquisición de cuatro (04) neumáticos y servicio de alineado y balanceado del vehículo Chevrolet Tracker dominio OOJ-951.
Que, a fs. 02 consta informe del Sr. Daniel Oropeza, personal adscripto de este Ministerio que cumple funciones de chofer y visto bueno del Jefe de Depósito de Secuestros, Sr. Gustavo Checa.
Que, a fs. 04/12 se agregan solicitudes de presupuestos y cotizaciones presentadas por las firmas “MEALLA AGROPECUARIA S.A. – MASA NEUMÁTICOS”; “PÓRTICO CONSTRUCCIONES S.A. – NEUMÁTICOS ALTE. BROWN” y “LUBRINOR DE SALABERRY ALEJANDRO ESTEBAN”.
Que, a fs. 13 se agrega Cuadro Comparativo de Precios, y a fs. 14 obra informe de Subadministración de pre adjudicación y sobre la existencia de crédito presupuestario en la partida presupuestaria 7.1.1.0. “Bienes de Capital” para la compra de los neumáticos y en la partida presupuestaria 2.1.1.0 “Servicios No Personales” para el servicio de alineado y balanceado.
Que, la compra se encuentra dentro de los topes autorizados por Decreto Acuerdo N° 8484-HF/2019, Art. 1 inc. d., conforme lo establecido en Decreto Ley N° 159-H/G-57, Capítulo VI, Artículo 54, inc. 3 ap. a).
Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 2º y artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
1º.- AUTORIZAR la Compra Directa de los elementos solicitados a la firma “MEALLA AGROPECUARIA S.A.- MASA NEUMÁTICOS” CUIT 33-70783270-9 por un importe total $ 40.550,00 (PESOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/100).
2º.- AUTORIZAR la emisión de la correspondiente Orden de Compra y posterior libramiento de pago a favor del proveedor, por la suma consignada en el artículo anterior.
3º.- La erogación de la compra de los neumáticos será imputada a la Partida Presupuestaria 7.1.1.0 “Bienes de Capital”, mientras que la erogación por el servicio de alineado y balanceado será imputada a la Partida Presupuestaria 2.2.1.0 “Servicios No Personales” del presupuesto vigente.
4º.-Protocolicese, notifíquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y archívese.-
Dr. Sergio E. Lello Sánchez
Fiscal General