BOLETÍN OFICIAL Nº 72 ANEXO – 19/06/20
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Junio de 2020.-
VISTO:
La Resolución Nº 064-D-2020 de fecha 12/06/2020, emitida por el Directorio del Banco de Desarrollo de Jujuy S.E. y;
CONSIDERANDO:
Que en fecha 12 de junio de 2020, este Cuerpo dictó la Resolución Nº 064-D-2020 relativa a la Licitación Pública Nacional e Internacional para el otorgamiento de licencias para el desarrollo de la actividad de juego bajo la modalidad online en sus distintas modalidades electrónicos, informáticos, telemáticos, interactivos o vía internet en el ámbito de la Provincia de Jujuy;
Que habiéndose detectado un error en el décimo quinto considerando que se encuentra en la cuarta hoja primer párrafo, de la Resolución aludida precedentemente (-4-Res.064-D-2020-), donde se consignó en forma errónea la fecha de dictamen legal emitido por Asesoría letrada con la expresión “11 de mayo de 2020”, cuando en realidad y tal como se advierte de las constancias agregadas al Expediente Nº 763-141-2019 caratulado: “Directorio: Pliego de Bases y condiciones para el otorgamiento de licencias de juego online”, correspondía consignar “11 de junio de 2020”;
Que en virtud de ello, resulta pertinente el dictado de un nuevo acto administrativo a fin de subsanar el error en que se incurriera en el texto de la Resolución Nº 064-D-2020;
POR ELLO:
EL DIRECTORIO
DEL BANCO DE DESARROLLO DE JUJUY S.E.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Aclárese que en el décimo quinto considerando, que se encuentra impreso en el primer párrafo de la cuarta hoja de la Resolución Nº 064-D-2020 de fecha 12 de junio de 2020 (-4-Res.064-D-2020-), se consignó en forma errónea la fecha “11 de mayo de 2020”, cuando corresponde “11 de junio de 2020”.
ARTÍCULO 2º: Regístrese. Gírese a Sindicatura para su toma razón. Cumplido, archívese.
Lic. Walter Rolando Morales
Director Titular
Banco de Desarrollo
Dr. Guillermo Luis Vilte
Director Titular
Banco de Desarrollo
C.P.N. Marcelo Horacio Fernández
Presidente Banco de Desarrollo
17/19/22 JUN. S/C