BOLETÍN OFICIAL Nº 62 ANEXO – 27/05/20

RESOLUCION N° 46–COE/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de mayo del 2020.-

VISTO:

Las disposiciones emanadas por el Poder Ejecutivo Nacional, como también las del Poder Ejecutivo Provincial; las Resoluciones dictadas por el Comité Operativo de Emergencia (COE) y;

CONSIDERANDO:

Que, en este marco, las medidas previstas en las normativas dictadas se encuadran el la acción decidida del Gobierno Provincial y del COE para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud;

Que, en virtud del Decreto Acuerdo 753-G-2020 ordena que toda persona que ingresa ala Provincia de Jujuy debe someterse al aislamiento  en los lugares designados por este Comité Operativo de Emergencia, por tiempo determinado.-

Que, es necesario tomar medidas sobre las personas consideradas dentro del grupo de riesgo, entendiendo que lo mas seguro en pos de proteger su salud, es que den un absoluto cumplimiento al aislamiento en los domicilios particulares, sometidos a un estricto control epidemiológico.

Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por Decreto Acuerdo Nº 696-S-20;

COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ordénese que toda persona que cuento con C.U.D. (Certificado Único de Discapacidad), familias con niños menores a 5 años de edad, personas mayores a 65 años de edad, persona diabética, persona transplantadas, mujeres embarazadas que superen las 30 semanas o que atraviesen un embarazo de riesgo, como todo niño/adolescente menor de edad sin un adulto, deberán cumplir el aislamiento social preventivo y obligatorio en los domicilios particulares.-

ARTÍCULO 2°.- Dispóngase que las personas del Articulo precedente deberán consignar sus datos personales, con mas un numero telefónico de contacto, a los fines de someterse a un control epidemiológico por Autoridad designada por este Comité.-

ARTÍCULO 3°.- Establézcase que, ante el incumplimiento de las presente resolución, se someterá al infractor al régimen sancionatorio establecido en el Decreto Acuerdo Nº 741-G-2020.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, Cumplido, archívese.-

 

Dr. Omar Alberto Gutiérrez

Coordinador Operativo

C.O.E. Jujuy