BOLETÍN OFICIAL Nº 122 ANEXO – 25/10/19
RESOLUCIÓN Nº 1733- MPA/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 OCT. 2019.-
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- APROBAR el MANUAL DE COMUNICACIÓN Y/O NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA MEDIANTE EL SERVICIO DE MENSAJERÍA INSTANTANEA WHATSAPP BUSINESS que conforma el Anexo I de la presente.-
ARTÍCULO 2°.- ESTABLECER que la Oficina de Resolución Alternativa de Conflictos y la Unidad Fiscal Especializada en Violencia Familiar, de Género y de Delitos contra la Integridad Sexual, cuando lo estimen conducente, podrán utilizar el sistema de mensajería instantánea WhatsApp Business como medio de notificación y/o comunicación, debiendo a tal efecto, seguir las pautas establecidas en el manual aprobado por el artículo precedente.-
ARTÍCULO 3°.- DISPONER que los fiscales y/o funcionarios y/o personal del Ministerio Público de la Acusación deberán:
(i) para comunicaciones que pudiera emitir la Oficina de Resolución Alternativa de Conflictos, informar a las supuestas víctimas y/o presuntos autores de un hecho delictivo sobre la posibilidad de ser notificados y/o informados y/o citados mediante el sistema de mensajería instantánea WhatsApp Business desde el número 388-4669458.
(ii) para comunicaciones que pudiera emitir la Unidad Fiscal Especializada en Violencia Familiar, de Género y de Delitos contra la Integridad Sexual, informar a las supuestas víctimas y/o testigos de un hecho delictivo sobre la posibilidad de ser notificados y/o informados y/o citados mediante el sistema de mensajería instantánea WhatsApp Business desde el número 388-4048385.
(iii) requerir previa autorización a las supuestas víctimas, testigos y/o presuntos autores de un hecho delictivo (según el caso), para ser notificados y/o informado mediante el sistema de mensajería instantánea WhatsApp Business. A tales efectos, como Anexo II de la presente, se acompaña modelo ilustrativo a fin de determinar sus contenidos mínimos.
Dr. Sergio E. Lello Sánchez
Fiscal General