BOLETÍN OFICIAL Nº 97 ANEXO – 26/08/19

RESOLUCION Nº 1529-MPA/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de Mayo de 2019.-

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º. APROBAR el Instructivo para la acumulación subjetiva: Sistema de Gestión Integral, Formularios I y II y el Instructivo para la utilización de la nueva Bandeja de Presos que como Anexo I y II, forman parte integrante de la presente.-

ARTICULO 2º.- ORDENAR a la Mesa de Registración y Estadística (Me.R.E.) realizar la acumulación subjetiva en todos aquellos casos donde ingresen expedientes con órdenes de detención, a partir de la fecha 21/05/2.019.-

ARTICULO 3º.- AUTORIZAR a la Me.R.E para que en el plazo de 6 horas a partir de la notificación de la presente, a través del Sistema de Gestión Integral, requiera a las distintas Fiscalías que tuviesen expedientes acumulables remitan los mismos a la Me.R.E en el estado en que se encuentren, haciendo saber que su incumplimiento, previo informe de la Me.R.E, será considerado como falta grave (conf. artículo 5 de la Instrucción General MPA Nº 20/2.017).-

ARTICULO 4º.- NOTIFICAR a los Secretarios del Cuerpo de Apoyo Jurídico de las Fiscalías, conforme las funciones atribuidas por Resolución MPA N°1468/2.019 y 1494/2.019, que una vez concluida la Investigación Penal Preparatoria, del expediente que se haya tramitado con persona privada de libertad y de todos sus acumulados, se realizará un único Requerimiento de Citación a Juicio, el cual será cargado como trámite en el expediente principal y en cada uno de sus acumulados. Dicho Requerimiento de Citación será remitido por ante el Tribunal, que resulte competencia según las reglas de conexión que establece el art. 66 del C.P.P.-

ARTICULO 5º.- ORDENAR a los Secretarios de las Fiscalías la confección y remisión vía mail a la cuenta mere@mpajujuy.gob.ar de un listado de presos a la Me.R.E, en un plazo de 5 días hábiles a partir de la notificación de la presente, el cual deberá contener: número de legajo, nombre del imputado detenido, D.N.I, Nº de prontuario policial y estado en el que se encuentra (detenido, con prórroga, con prisión preventiva, con requerimiento).-

ARTICULO 6º.- HABILITAR a la Me.R.E a disponer o solicitar desarchivo de todos aquellos expedientes que sean susceptibles de ser acumulados, mediante Oficio remitido al encargado de Archivo.-

ARTICULO 7º.- DISPONER que la Secretaría de Desarrollo Organizacional y Tecnología de la Información, realice las reformas al S.G.I., a fin de dar cumplimiento a las modificaciones establecidas por la presente resolución.-

 

Dr. Sergio E. Lello Sánchez

Fiscal General