BOLETÍN OFICIAL Nº 53 ANEXO – 10/05/19

RESOLUCIÓN Nº 1357-MPA/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 FEB. 2019.-

VISTO:

La Res. MPA N° 1268/2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada resolución se dispuso el dictado de un curso para la formación de aspirantes a ayudantes fiscales, fijándose los contenidos mínimos a exponer. En tal sentido, se adjunta como anexo el desarrollo de los contenidos básicos del curso de aspirantes, el cual abarca aspectos netamente relacionados con la función y el perfil exigido a los postulantes. Igualmente, se incorpora el cronograma de clases el listado de docentes y temas de examen.

El contenido a desarrollar en el curso no es excluyente de otros temas que deban ser evaluados, y que se pretenden de un ayudante. Al respecto, el contenido propuesto en el anexo para la evaluación escrita y oral es el que se requiere para poder hacer frente – como mínimo – a las funciones del cargo que se aspira

Asimismo, se modifica la modalidad de evaluación, al agregarse una instancia de evaluación oral, para poder conocer las aptitudes del postulante para resolver cuestiones problemáticas con celeridad y eficacia,  tal como lo exige la función que se pretende cumplir. El examen escrito y el oral abarcarán cuestiones teórico y prácticas. Ello va en consonancia con la modalidad de exámenes para agentes fiscales.

Con el fin de una mayor celeridad, aprovechamiento de recursos, e inmediatez, la entrevista personal se hará inmediatamente después de haberse rendido el examen oral. La entrevista tendrá como objeto valorar la motivación para el cargo, la forma en que desarrollará eventualmente la función, puntos de vista sobre los temas básicos de la especialidad, sus procedimientos, su formación general en los principios generales del derecho, su conocimiento de la Constitución Nacional, Provincial y de la jurisprudencia de Tribunales Superiores sobre las mismas, sus planes de trabajo y los medios que propone para que su función sea eficiente, entre otros.

Para garantizar la igualdad de oportunidades de todos los aspirantes el curso es de carácter absolutamente gratuito. La organización de estas jornadas significó un importante esfuerzo para el Ministerio Público de la Acusación, especialmente para los docentes, quienes brindaran su experiencia para un mejor funcionamiento de la justicia.

Por ello, y en uso de las facultades previstas en el art. 62 de la Ley Nº 5895.

EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Anexo “Curso de Formación para futuros ayudantes Fiscales” que forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Modificar el art. 3 del reglamento del curso de formación para futuros ayudantes fiscales de la Resolución MPA Nº 1268/2018 por el siguiente: “El curso será dictado por funcionario/s del Ministerio Público de la Acusación, y tendrá una carga horaria de 24 horas reloj, distribuidas en seis (6) jornadas de aproximadamente cuatro (4) horas cada una, a dictarse preferentemente los días jueves y viernes por la tarde, a los efectos de facilitar la concurrencia de los interesados. Una vez conformado el listado definitivo de inscriptos, se publicará en la página web del Ministerio Público de la Acusación la fecha de inicio y cronograma completo del curso (horarios y fechas).

ARTÍCULO 3°.- Modificar el art. 5 del reglamento del curso de formación para futuros ayudantes fiscales de la Resolución MPA Nº 1268/2918 por el siguiente “Los postulantes serán evaluados al finalizar el curso por una evaluación escrita y otra oral. El examen escrito se aprueba con un puntaje mínimo de 70 puntos sobre 100. Este examen puede ser objeto de revisión dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de la publicación de los resultados en la página web del Ministerio Público de la Acusación. La decisión revisora es inimpugnable. Aquellos postulantes que hubieren superado la instancia escrita, luego de resuelta las impugnaciones, si las hubiere, podrán rendir un examen oral de carácter teórico practico. Este examen se aprueba con un puntaje mínimo de 7 sobre 10. La no aprobación del examen escrito implica la eliminación del postulante en el curso”.

ARTÍCULO 4°.- Modificar el art. 7 del reglamento del curso de formación para futuros ayudantes fiscales  de la Res. N° 1268/2918 por el siguiente texto “…Los postulantes una vez evaluados oralmente se procederá inmediatamente a la entrevista personal. La misma tendrá como objeto valorar su motivación para el cargo, la forma en que desarrollará eventualmente la función, puntos de vista sobre los temas básicos de la especialidad, sus procedimientos, su formación general en los principios generales del derecho, su conocimiento de la Constitución Nacional, Provincial y de la jurisprudencia de Tribunales Superiores sobre las mismas, sus planes de trabajo y los medios que propone para que su función sea eficiente, entre otros”.

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a los postulante por la página web del Ministerio Público de la Acusación y por otros medios.

ARTÍCULO 6°.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el boletín oficial, y archívese.

 

Dr. Sergio E. Lello Sánchez

Fiscal General

 

ANEXO

CURSO DE FORMACIÓN PARA FUTUROS AYUDANTES FISCALES

CONTENIDOS:

  1. PERFIL DEL AYUDANTE FISCAL. Rol del ayudante fiscal. Límite de actuación. Imputación provisoria. Diferencia con la actividad de la policía y del fiscal. Esbozo de la teoría del caso.
  2. NORMATIVA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN. Ley Nº 5895. Ley N° 4055 (LOPJ). Res. Nº 825/2017, Res. Nº 867/2018, Res. Nº 880/2018 (Creación de Fiscalías Especializadas). Res. Nº 623/2017, Res. 1019/2018 (Fiscalía Alto Comedero). Res. Nº 960/2018 (Fiscalía Perico). Res. 381/2016 (Reglamentación Ayudantes Fiscales). Res. 626/2017 (delegaciones fiscales).

III. DOGMÁTICA PENAL Tipo objetivo. Funciones de imputación al tipo objetivo. Construcción de la prueba en el sistema acusatorio.  Participación Criminal. Concurso de Delitos.

IV. VIOLENCIA DE GÉNERO. Delitos de Género. Medidas cautelares en los procesos de violencia de género. Orientación a la víctima. Denuncia. Medidas probatorias (entrevista a la víctima, Declaración testimonial, otras medidas investigativas).

V. ABUSO SEXUAL INFANTIL. Marco legal. Denuncia. Avisos y notificaciones urgentes. Acciones del Ministerio Público de la Acusación. Entrevista de Declaración Testimonial. Examen Médico Legal.

VI. HOMICIDIO CULPOSO EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Anoticionamiento del incidente. Aseguramiento de la escena del hecho. Comunicación fiscal. Recepción de denuncia. Medidas iniciales para la investigación de la denuncia. Entrevista de los afectados. Examen Toxicológico. Peritaje del incidente. Autopsia. Secuestro de elementos. Otras medidas de investigación. Casos especiales.

VII. ROBOS Y HURTOS. Métodos y herramientas de investigación.

VIII. INVESTIGACIÓN PENAL PREPARATORIA. Cuestiones relevantes para la función del ayudante fiscal.

XII. NVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO Y ALLANAMIENTO. Aspectos Constitucionales. Aspectos Procesales. Aspectos Sustanciales.

X. MEDIDAS DE COERCIÓN PROCESAL. Disposiciones de la Constitución Nacional y Provincial. Legislación procesal. Criterios fijados por el Superior Tribunal de Justicia. Instrucciones y Resoluciones del Ministerio Público de la Acusación.

XI. CENTRO DE ASISTENCIA A LA VÍCTIMA. El ayudante Fiscal y su trato con la víctima. La posible o necesaria derivación al Centro de Asistencia a la Víctima. Su obligación de conocer el protocolo de actuación. El interés público y el interés de la víctima en el proceso penal.

XII. CRIMINALÍSTICA. El lugar del hecho y la escena del crimen. Actos Iniciales.  Rastros y huellas. Cadena de custodia. Tratamiento del lugar del hecho. Tratamiento de la evidencia. Documento de cadena de custodia. Cuerpo de Criminalística del MPA (Res. 1346/2019).

LUGAR Y HORARIOS:

Lugar:

Auditorio del Colegio de Abogados, sito en calle Sarmiento N° 340 de nuestra ciudad.

Horarios:

 

CLASE DOCENTE HORARIO
Presentación. Dogmática Penal. Dr. Sergio E. Lello Sánchez. Jueves 21 de febrero, 16 horas a 18:00 horas.
Perfil del ayte. Fiscal. Normativa del MPA. Dr. Diego Funes Jueves 21 de febrero, 18:15 horas a 20:15 horas.
Violencia de Género Dr. Alejandro Bossatti Viernes 22 de febrero, 16 horas a 18:00 horas.
Homicidio Culposo Dr. Fernando Lobo Viernes 22 de febrero, 18:15 horas a 20:15 horas.
Abuso sexual infantil Dr. Alejandro Bossatti Jueves 28 de febrero, 16 horas a 18:00 horas.
Robos y hurtos Dr. Ariel Gil Urquiola Jueves 28 de febrero, 18:15 horas a 20:15 horas.
I.P.P Dr. Carlos Ariel Gil Urquiola Viernes 1 de marzo, 16 horas a 18:00 horas.
Allanamientos Dr. Javier Sánchez Serantes Viernes 1 de marzo, 18:15 horas a 20:15 horas.
Medidas de coerción procesal Dra. Liliana Fernández Jueves 7 de marzo, 16 horas a 18:00 horas.
CAV Dr. Sergio Valdecantos. Jueves 7 de marzo, 18:15 horas a 20:15 horas.
Criminalística Personal de Criminalística Viernes 8 de marzo, 16 horas a 18:00 horas.
Criminalística Personal de Criminalística Viernes 8 de marzo, 18:15 horas a 20:15 horas.

 

CONTENIDOS MÍNIMOS DE EVALUACIÓN ESCRITA Y ORAL

Ley Provincial Nº 5.895. Normativa expedida por Ministerio Público de la Acusación vinculada a las tareas y/o responsabilidades del Ayudante Fiscal.- Teoría del delito. Tipos penales. Investigación Penal Preparatoria. Medios de prueba y medios de coerción del imputado. Garantías constitucionales. Nulidades procesales. Responsabilidad penal juvenil. Narcomenudeo. Violencia de género. Derechos humanos y delitos cometidos en situación de encierro. Criminalística. Escena del crimen. Rastros y huellas. Cadena de custodia. Tratamiento del lugar del hecho. Tratamiento de la evidencia. Accidentología Vial.-

IMPORTANTE:

Los aspirantes deberán presentarse al curso al menos quince minutos antes de iniciarse cada módulo a los fines de firmar la asistencia.  Se exige puntualidad.

EL CURSO ES GRATUITO.

FECHA DE EVALUACIÓN:

Examen escrito: 21 y 22 de marzo de 2019 a horas 16.- Examen oral y entrevista personal: A definir.

 

Dr. Sergio E. Lello Sánchez

Fiscal General