BOLETÍN OFICIAL Nº 102 ANEXO – 12/09/08
EXPTE. Nº 1056-812-07.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 JUN. 2008.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Disponése la justificación de las inasistencias del Sr. CESAR HORACIO LIQUIN, por el Artículo 84º de la Ley Nº 3161/74, desde el 29 de junio de 2007 y hasta la fecha de notificación de la presente Resolución, por los motivos expuestos en el considerando.-
ARTICULO 2º.- Intimase al Sr. CESAR HORACIO LIQUIN, presentarse a prestar servicios n este Ministerio de Educación, a partir del día siguiente de la notificación del presente Acto Resolutivo, coso contrario deberá iniciar por donde corresponda los trámites jubilatorios, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Art. 48º y cc. De la Ley Nº 24.241, acreditando ante este Ministerio de Educación, la iniciación del mismo ante ANSES, manteniendo desde esa fecha el cargo por un término de mayor de seis (6) meses.-
Lic. Maria Eugenia Bernal
Ministra de Educación