BOLETÍN OFICIAL Nº 134 ANEXO – 08/11/08
EXPTE. N° 1050-2445/08.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 OCT. 2008.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Rectificase el Artículo 2° de la Resolución N° 1221-E/08, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2°.- Los gastos de pasajes vía aérea JUJUY – BUENOS AIRES- JUJUY y los viáticos correspondientes, para cada uno, serán solventados con fondos provenientes del Ministerios de Educación disponibles en la Partida Presupuestaria: F N° 5.5.1.3.4.20.84 – Resolución N° 809-E/07 del Ministerio de Educación de la Nación – Instituto Nacional de Formación Docente – INFD”.
Lic. Maria Eugenia Bernal
Ministra de Educación