BOLETÍN OFICIAL Nº 22 ANEXO – 20/02/19
MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACION
RESOLUCION Nº 1278-MPA/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2018.-
VISTO:
Las facultades previstas en Arts. 2°, 3°, 17° incs. b), c), d), f), i), 42°, 65°, 66°, 68°y ccs. de la Ley Provincial Nº 5.895; el Art. 30° de la Ley Provincial Nº 6.046 “PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS- EJERCICIO 2.018”; la necesidad existente de adecuar la categoría de algunos cargos del Escalafón K1 MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DE LEY-PODER JUDICIAL; y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 30° de Ley Provincial Nº 6.046 habilita al Poder Judicial a crear, transformar y/o fusionar cargos y/o categorías vacantes de la Planta de Personal Administrativo y de Funcionarios que no requieran Acuerdo Legislativo, dentro del límite del crédito presupuestario de la partida “Personal”; con el deber de realizar la comunicación respectiva al Poder Ejecutivo Provincial.
Que el Art. 1° de Ley Provincial Nº 5.895 establece la Autonomía funcional y administrativa al Ministerio Público de la Acusación y su autarquía financiera para el cumplimiento de sus objetivos y funciones de acuerdo con su Art. 2°, que lo habilita a darse su propia organización interna y gobernar sin injerencia de ningún otro Poder; y su Art. 3° que en relación a su autonomía funcional dispone que ejecutará por sí su propio presupuesto y fijará las partidas pertinentes dentro del presupuesto general de administración estatal.
Que de las FUNCIONES Y ATRIBUCIONES conferidas por el Art. 17° de la Ley precitada, resultan de sustento al presente acto; en especial las siguientes: “b) Velar por el cumplimiento de las funciones institucionales e impartir las instrucciones de carácter general que permitan un mejor desenvolvimiento del servicio;” “d) Disponer la ejecución de las partidas para inversiones y gastos de funcionamiento asignadas por la Ley de Presupuesto de acuerdo a lo establecido en la Ley de Administración Pública;” “i) Organizar la estructura administrativa de las distintas unidades fiscales y de los órganos de apoyo, de acuerdo con las necesidades del servicio y las posibilidades presupuestarias;”
Que, en consecuencia, corresponden al Fiscal General de la Acusación las facultades y atribuciones que el Art. 30° de la Ley Provincial 6.046 “PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS-EJERCICIO 2.018” asigna al Poder Judicial, en la órbita de su competencia material.
Que, resulta necesario realizar una transformación de dos (2) cargos aprobados por la Ley Provincial N° 6.046 para este Ministerio Público de la Acusación en la Planilla 20a, a fin de permitir la ampliación del número de Agentes Fiscales puesto que según los informes estadísticos y la redistribución de causas efectuada mediante la Resolución MPA N° 825/2.017 aparece oportuno y conveniente a los fines de permitir una mejor y más eficaz investigación de hechos delictivos en el territorio provincial. Por dicha razón, se procederá en forma urgente a la declaración de vacancia de los cargos para que se proceda al llamado a Concurso de Oposición y Antecedentes para designar a los titulares de los mismos.
Que la mencionada sustitución o transformación de tales cargos no implica modificación cuantitativa del crédito presupuestario aprobado por la Honorable Legislatura en Ley Provincial N° 6.046, atento que los cargos que se crean representan exactamente el mismo monto de crédito presupuestario que los que se suprimen, razón por la cual esta medida se ajusta estrictamente a lo que dispone el Art. 66° de la Ley Provincial N° 5.895 que habilita a la creación de cargos administrativos que resulten necesarios para el correcto funcionamiento del Ministerio Público de la Acusación, siempre dentro de los límites presupuestarios vigentes.
Que a fojas 04 obra Informe de la Encargada de Presupuesto y Rendición de la Administración General respecto de la existencia de las vacantes y la viabilidad de la ejecución presupuestaria en el sentido expuesto.
Por eso y en uso de las facultades previstas en los arts. 2, 3, y 17 de la Ley Provincial Nº 5.895;
EL FISCAL GENERAL DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACION DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESUELVE:
1.- Suprimir dos (2) cargos de FISCAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES vacantes en la planta de personal correspondiente al Presupuesto del año en curso, Ley Provincial Nº 6.046.
JURISDICCIÓN: “I” PODER JUDICIAL
- DE O.: 5 MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN
Finalidad: 1 – ADMINISTRACIÓN GENERAL
Función: 4 – JUSTICIA
Escalafón: K1- MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DE LEY- PODER JUDICIAL.
2.- Crear dos (2) cargos de AGENTE FISCAL que tendrá una remuneración según la escala salarial del Poder Judicial.
JURISDICCIÓN: “I” PODER JUDICIAL
- DE O.: 5 MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN
Finalidad: 1 – ADMINISTRACIÓN GENERAL
Función: 4 – JUSTICIA
Escalafón: K1- MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DE LEY- PODER JUDICIAL.
3.- Protocolícese, remítase al Tribunal de Cuentas de la Provincia a efectos de su toma de razón, posteriormente comuníquese al Poder Ejecutivo de conformidad a lo dispuesto en los arts. 2, 3, 5, 11, 17, 41, 42, 65 y cc. de la Ley Provincial Nº 5.895, y artículo 30 de la Ley Provincial Nº 6.046. Hecho, remítase a la Administración General, Oficina de Personal y Oficina de Liquidación de Sueldos. Notifíquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y archívese.
Dr. Sergio E. Lello Sánchez
Fiscal General